Consejo Nacional de Defensa y Seguridad

Delitos contra el honor están en vías de ser despenalizados

Diputados aseguran que está listo un dictamen encaminado a despenalizar los delitos contra el honor y que pronto será socializado

Tegucigalpa.- La despenalización de los delitos contra el honor podría convertirse en un hecho durante los próximos meses en Honduras. Así lo indicó recientemente el diputado de Libertad y Refundación (Libre) y presidente de la Comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales, Ramón Barrios. 

Desde que se instaló la actual legislatura en enero de 2022, dentro del Congreso Nacional se han presentado dos iniciativas encaminadas a despenalizar los delitos de injuria y calumnia. Ambas fueron presentados por diputados de Libre, primero por Darío Morán, el 4 de mayo, y después por Samuel Madrid, el 6 de julio. 

Ahora, el diputado Ramón Barrios asegura que tienen listo un dictamen que sacará del ámbito penal los delitos de injuria y calumnia, y los trasladará al Código Civil. 

«A finales de mes lo vamos a socializar con los periodistas y los medios de comunicación. En el ámbito en que lo estamos viendo, el dictamen irá destinado a proteger a los periodistas y a quienes ejercen la comunicación», indicó Barrios a Criterio.hn

Aunque en ocasiones previas la Sala de lo Penal ha insistido en mantener los delitos contra el honor en el ámbito penal, el legislador aseguró que, si bien deberá ir a la Corte Suprema de Justicia, «las decisiones que ellos tomen en torno a este dictamen no serán vinculantes».

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SANCIONES Y PRECAUCIONES

Las tipificaciones penales de los delitos contra el honor figuran dentro de los artículos 229, 230, 232, 233 y 234 del Código Penal hondureño, reformado el 25 de junio de 2020, pese al rechazo ciudadano por continuar favoreciendo delitos de corrupción. 

Cuarenta años buscando la verdad
Thelma Mejía, coordinadora de investigación de TN5

En el caso de los delitos contra el honor, el marco normativo nacional sanciona los delitos de calumnia e injuria con penas carcelarias que van desde los 100 hasta los 500 días, una situación que, según periodistas, es un atentado a la libertad de expresión.

«Cuando se penaliza a periodistas o directores de medios de comunicación, se ejerce un efecto inhibitorio porque cuando un periodista es condenado por delitos contra el honor, su condena con cárcel y su multa le generan un efecto directo sobre la libertad de expresión», explicó a Criterio.hn la periodista Thelma Mejía, coordinadora de investigación del noticiero TN5 de Televicentro. 

Sin embargo, trasladar estos delitos al tipo civil también requiere de un análisis exhaustivo por parte de quienes ejercen el periodismo en cualquiera de sus formas.

En primer lugar, los periodistas y los directores de medios de comunicación deben tener claro que, aún despenalizadas, la injuria y la calumnia continuarán siendo delitos. Por otro lado, deben crearse programas destinados a capacitar a los periodistas sobre los alcances de la libre expresión. 

«Los periodistas siempre tenemos que tener la precaución de brindar la información con el mayor equilibrio posible y acercada a los hechos. Siempre tenemos que tener claro que la libertad de expresión no nos permite difamar, calumniar o dañar el honor de ninguna personas», añadió Mejía. 

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Otros expertos en comunicación, consultados por Criterio.hn, han valorado la necesidad de que, al trasladarse estos delitos a lo civil, las sanciones morales o reparativas no excedan la capacidad de remuneración por parte del periodista. 

Amada Ponce, directora de C-LIBRE

«Para pagar una multa de L 3,000,000.00 (US$ 123,000.00), saldría mejor pagar con cárcel», dijo en tono irónico la directora del Comité por la Libre Expresión (C-Libre), Amada Ponce. 

ANTECEDENTES

Según esta oenegé, entre 2001 y 2022, cerca de 50 periodistas han sido querellados por injuria, calumnia y difamación en Honduras. La mayoría de los casos permanecen en procesos judiciales abiertos.

El 28 de marzo de 2019, policías ingresaron a las instalaciones de la Radio Globo, en Tegucigalpa, y arrestaron al periodista David Romero Ellner, de 65 años, en plena transmisión radial.

Años atrás, Romero Ellner había sido condenado a 10,8 años de prisión por seis delitos de injurias en contra de la abogada Sonia Gálvez, esposa del reconocido fiscal Rigoberto Cuéllar, a quien el periodista acusaba públicamente de ser una persona corrupta.

Aunque la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) presentó en su momento una denuncia contra su arresto, nunca se consiguió su liberación. Romero Ellner, quien se declaró un preso político, murió el 18 de julio de 2020 producto de un paro cardíaco después de que contrajo covid-19 en la Penitenciaria Nacional de Támara. 

Periodista David Romero

Otro caso emblemático incluyó al también fenecido periodista Julio Alvarado, quien fue condenado a 1,4 años de prisión por haber denunciado en 2006 tráfico de títulos universitarios en la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH). 

En su caso, la CIDH, a través de la medida cautelar 196-14, con fecha del 5 de noviembre de 2014, indicó «la ejecución de la condena impuesta al periodista Julio Ernesto Alvarado genera un daño irreparable a la libertad de expresión en dos dimensiones: En su dimensión individual significaría que el periodista no podría difundir en el futuro informaciones que afecten a funcionarios públicos y sería una medida de censura».

SOCIEDAD SIN HONOR

A criterio del ministro de Transparencia y Combate a la Corrupción, Edmundo Orellana, la despenalización de los delitos contra el honor únicamente debe favorecer a las personas que no están sometidas al escrutinio público porque, de lo contrario, «tendríamos una sociedad sin honor».

«Nosotros, los funcionarios públicos, no debemos estar protegidos. Tampoco los empresarios, los políticos y los analistas políticos, porque al someternos al escrutinio público somos responsables de nuestros dichos», mencionó.

Además de la penalización de los delitos contra el honor, en Honduras existen otras condicionantes que afectan la libertad de expresión, como ser la Ley de Canje Publicitario, que le permitió al expresidente hondureño Juan Orlando Hernández (2014-2022) secuestrar los medios de comunicación, a fin de que solo publicaran lo que á el le convenía. 

  • Luis Escalante
    Me gusta esculcar en los portales de transparencia y, con base en información pública, realizar periodismo de datos. Siempre releo mis textos y me pregunto qué opinan los lectores acerca de mi trabajo. Si me preguntasen cómo definir nuestra labor, respondería que los periodistas tenemos la obligación de visibilizar lo que otros pretenden ocultar, y que para eso estoy acá. luisescalante@criterio.hn

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