Corte IDH condena por cuarta vez a Honduras por violar derechos del pueblo garífuna

La sentencia establece que el Estado hondureño violó derechos a la consulta previa, propiedad colectiva, integridad cultural y alimentación de las comunidades garífunas de Cayos Cochinos y ordena garantizar su participación en la gestión del área protegida.

Portada: Ruth Moncada

Tegucigalpa, Honduras. –– Por cuarta ocasión el Estado de Honduras fue condenado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en un caso que involucra la violación a los derechos del pueblo garífuna. En esta ocasión, el tribunal internacional declaró la responsabilidad del Estado por vulneraciones cometidas contra la comunidad garífuna de Cayos Cochinos. 

La sentencia, leída por el presidente de la Corte, Rodrigo Mudrovitsch, establece que Honduras violó el derecho a la propiedad colectiva, la participación en los asuntos públicos, el acceso a la información pública, la identidad cultural, la alimentación y la integridad personal de la comunidad y sus miembros. 

Con este fallo, el caso de Cayos Cochinos se suma a otras sentencias emitidas por la Corte Interamericana contra Honduras por violaciones a los derechos territoriales del pueblo garífuna. En 2015, el tribunal regional declaró responsable al Estado por la vulneración del derecho a la propiedad colectiva en los casos de las comunidades de Punta Piedra y Triunfo de la Cruz, y ordenó medidas de restitución territorial y reparación para las comunidades afectadas, que hasta la fecha siguen pendientes de cumplimiento. 

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El caso resuelto este miércoles está relacionado con las restricciones impuestas a la comunidades garífunas dentro del Monumento Natural Marino Archipiélago de Cayos Cochinos, un área protegida donde históricamente las comunidades han desarrollado actividades tradicionales como la pesca y el aprovechamiento de recursos marinos. De acuerdo con los alegatos analizados por la corte, diversas decisiones sobre la administración del área protegida se adoptaron sin garantizar procesos adecuados de consulta previa, libre e informada con la comunidad. 

“Declararon esa área protegida y crearon el plan de manejo sin consulta con las comunidades”, señaló a Criterio.hn Mabel Robledo, lideresa garífuna vinculada al proceso de Cayos Cochinos.

Aunque el archipiélago de Cayos Cochinos es conocido por el intenso color turquesa de sus aguas, el turismo en la zona se encuentra centralizado por la Fundación Cayos Cochinos, que además impone restricciones a la pesca de la población garífuna. (Foto: Marcia Perdomo)

VIOLACIONES DETERMINADAS POR LA CORTE

En su decisión, la Corte determinó por cuatro votos a favor y tres parcialmente en contra que el Estado hondureño es responsable por la violación del derecho a la consulta previa, libre e informada, reconocido en los artículos 23, 21, 26 y 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. 

Asimismo, por cinco votos a favor y dos parcialmente en contra, el tribunal concluyó que Honduras violó el derecho a la propiedad colectiva de la comunidad garífuna de Cayos Cochinos, protegido por el artículo 21 de la Convención Americana. 

De forma unánime, la Corte estableció además que el Estado vulneró el derecho a la integridad personal de los miembros de la comunidad. 

El tribunal también determinó, por cinco votos a favor y dos en contra, que Honduras violó el derecho a la integridad cultural y a la alimentación culturalmente adecuada, protegidos por el artículo 26 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. 

Asimismo, la Corte concluyó por unanimidad que el Estado incumplió los derechos a las garantías judiciales y a la protección judicial, contemplados en los artículos 8.1 y 25 de la Convención. 

Conoce más:

La Corte también recordó que el derecho a la propiedad colectiva de los pueblos indigenas y tribales comprende el hábitat funcional, es decir, las áreas y recursos que las comunidades han utilizado tradicionalmente para su subsistencia, incluyendo espacios marinos utilizados para la pesca. En el caso de Cayos Cochinos, el tribunal consideró que el Estado debía garantizar el uso y goce efectivo de esos espacios frente a las restricciones impuestas al acceso a los recursos marinos.

El tribunal también concluyo que las restricciones al acceso a los recursos marinos, sumadas a la exclusión de la comunidad de la administración del área protegida, la presencia militar constante y la falta de investigación de denuncias por amenazas y agresiones contra sus integrantes generaron un clima de hostigamiento e inseguridad incompatible con el derecho a la integridad personal.

La Fundación Cayos Cochinos administra el área protegida del archipiélago, un modelo de conservación cuestionado por comunidades garífunas que denuncian restricciones a sus actividades tradicionales.
(Foto: Jorge Burgos)

IMPACTO DEL FALLO EN LA COMUNIDAD

Robledo señaló que las restricciones impuestas en el archipiélago por la Fundación Cayos Cochinos han tenido efectos directos en la vida de la comunidad garífuna. “Muchos jóvenes han tenido que emigrar por las intimidaciones y las violaciones a los derechos humanos que se han cometido en la zona”, expresó la lideresa garífuna. 

La representante comunitaria recordó además que esta sentencia se suma a otras decisiones del tribunal regional que aún permanecen pendientes de cumplimiento por parte del Estado hondureño. 

“Esta sentencia sería el cuarto caso que el pueblo garífuna, a través de la Organización Fraternal Negra Hondureña [Ofraneh] ha ganado al Estado de Honduras ante la Corte Interamericana. Sin embargo, en los casos más antiguos, como Triunfo de la Cruz y Punta Piedra, no hay interés del Estado en cumplirlas, pese a que las comunidades han estado exigiendo su cumplimiento durante años”, afirmó.

La adquisición de cayos por empresarios en los años noventa del siglo pasado y la posterior creación de la Fundación Cayos Cochinos marcaron el modelo de gestión del archipiélago, señalado por comunidades garífunas por limitar su participación. (Foto: Jorge Burgos)

MEDIDAS ORDENADAS AL ESTADO

Como parte de las reparaciones, la Corte dispuso que la propia sentencia constituye por sí misma una forma de reparación. Asimismo, ordenó al Estado hondureño adecuar su ordenamiento jurídico sobre consulta previa, libre e informada para los pueblos indígenas y tribales. 

El fallo también establece que Honduras deberá garantizar la participación de la comunidad garífuna de Cayos Cochinos en la elaboración del plan de manejo del Monumento Natural Marino Archipiélago de Cayos Cochinos, así como en su gestión, administración y toma de decisiones relacionadas con la conservación y el aprovechamiento sostenible del área protegida. 

De interés:

Entre otras medidas, el Estado deberá investigar diligentemente las denuncias presentadas por la comunidad, publicar y difundir la sentencia. Además, Honduras deberá presentar en el plazo de un año un informe sobre las medidas adoptadas para cumplir con la sentencia, mientras la Corte supervisará su cumplimiento hasta que el Estado acate todas las disposiciones establecidas en el fallo. 

Para Robledo, el reconocimiento internacional de estas violaciones también refleja las dificultades que enfrentan las comunidades para obtener justicia dentro del país.

“A veces da pena […] que tengamos que ir ante la Corte Interamericana para que le diga al Estado de Honduras que se ha equivocado y que nos ha violentado, considero que debería darle vergüenza. […] Pero esto también demuestra que vale la pena alzar la voz y buscar justicia cuando en Honduras no se aplica la ley sin distinción social”, concluyó Robledo. 

  • Amante de la historia y la lectura, en permanente búsqueda del ritmo en las narrativas. Soy una periodista incisiva, las contradicciones son una invitación a investigar y la normalidad está sobrevalorada. Me rehúso a sobrevivir dentro de los pensamientos erróneos de una sociedad asfixiante.

    Investigo y construyo reportajes sobre el modelo extractivista y su impacto en los derechos humanos de los pueblos ancestrales, grupos vulnerabilizados y sociedad en general.

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