Congreso Nacional deroga decreto que permitió construcción de proyecto habitacional en El Merendón

Con las reformas se prohíbe el cambio de uso de suelo en áreas de bosque en donde los terrenos resulten afectados por efecto de plagas, enfermedades forestales, fenómenos naturales o de incendios forestales cuyo origen se desconozca o sea provocado de manera intencional

Actualmente el Código Penal estipula penas que van de cinco a ocho años a quienes provocan incendios y de ocho a 10 años cuando es en un área protegida

Tegucigalpa, Honduras. -El Congreso Nacional aprobó reformas al Código Penal para aumentar las penas establecidas en los delitos ambientales por la contaminación del aire, las aguas o los suelos. De igual manera, derogaron el decreto 334-2013, que había permitido la modificación de la cota 200 en la reserva de El Merendón, en San Pedro Sula, con la cual se dio paso a la construcción de Ciudad Jaraguá.

Además, en las modificaciones a la normativa penal se elevó las la explotación ilegal de recursos naturales e incendios forestales, y además adicionar un artículo sobre la responsabilidad de las personas jurídicas sobre los actos cometidos en contra del medio ambiente.

Con esto se harán modificaciones a los artículos 324, 325, 327 y añaden el artículo 337-A –el que refiere a la responsabilidad y sanciones a las personas jurídicas— al Código Penal, contenido en el Decreto 130-2017.

Las autoridades del Instituto de Conservación Forestal (ICF) han cuestionado las bajas penas en los delitos ambientales, para el caso el Código Penal en su artículo 327 –uno de los que fue reformado— señala el delito de Incendio Forestal al cual expone que quien provoca un incendio en terrenos forestales, ya sea en masas boscosas o en zona vegetal protegida por su valor ecológico, debe ser castigado con las penas de prisión de cinco a ocho años y multa de 200 a 500 días.

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El actual Código Penal impone penas de tres (3) a seis (6) años para aquellos que realicen actividades contaminantes que afecten la atmósfera y por la explotación ilegal de recursos naturales.

En el artículo 1 se estipula la prohibición de –cambio de suelo— toda clase de lotificación y construcción de cualquier tipo en un plazo de 50 años, en aquellas zonas boscosas donde los terrenos que fueron deforestados por incendios forestales, cuyo origen se desconozca o sea provocado por mano criminal. 

“Esta prohibición está dirigida toda la clase de lotificación habitacional, residencial, comunal, Y cualquier otro tipo de construcción incluyendo instalaciones comerciales e industriales, así como para actividades mineras, agrícolas ganaderas y otras actividades productivas”, cita el proyecto leído ante los congresistas.

Por otro lado, con la derogación del decreto 334-2013, se reestablecerá los limites originales del área protegida de El Merendón, considerado como el pulmón de San Pedro Sula.

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INSTITUCIONALIDAD DEBE ESTAR PRESENTE PARA LA PERSECUSIÓN DE DELITOS AMBIENTALES

Con las reformas aprobadas en el marco de la emergencia ambiental, declarada el pasado 22 de mayo de 2024, por el Consejo Nacional de Defensa y Seguridad (CNDS), se ha ordenado a varias instituciones el apoyo para combatir los delitos ambientales.

Del mismo modo, se instruyó a la Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente (Serna), el Instituto de Conservación Forestal (ICF) y las corporaciones municipales velar por el cumplimiento establecido en el decreto, sin perjuicio de la responsabilidad penal que el mismo conlleve para quien lo incumpla.

Se ordenó al Instituto de Conservación Forestal (ICF) crear una base de datos que contenga la información completa de las áreas afectadas por plagas, enfermedades forestales, actividades antropogénicas, explotación minera, fenómenos naturales, incendios forestales y otras causas de degradación y deforestación.

Dicha base de datos, será tomada en cuenta para la toma de decisiones administrativas y judiciales que las autoridades correspondientes deberán realizar.

También se le ordenó al Ministerio Público, a través de la Fiscalía Especial del Medio Ambiente (Fema) y en coordinación con el ICF, la creación de los mecanismos, procedimientos o protocolos de actuación inmediata para realizar las medidas neutralizadoras, desalojos, evacuaciones y todas las actividades tendientes a evitar daños por deforestación de las áreas forestales, especialmente en áreas protegidas y aquellas áreas forestales productoras de agua, de importancia para la vida silvestre.

Para frenar la deforestación en las áreas protegidas de Honduras, se creó la Fuerza de Tarea Interinstitucional contra el Delito Ambiental (FTIA) la cual estará coordinada por el Instituto de Conservación Forestal (ICF) y conformada por: el Ministerio Público, la Procuraduría General de la República (PGR) y las Fuerzas Armadas (FFAA).

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CSJ REVISARÁ REFORMAS AL CÓDIGO PENAL

El diputado del Partido Salvador de Honduras (PSH) y vicepresidente alterno del CN, Tomás Ramírez, dijo a medios de comunicación que la Corte Suprema de Justicia (CSJ) analizará las reformas al Código Penal, relacionadas a empresas que se dedican a quemar el bosque y a dañar el medio ambiente.

El congresista manifestó que estas empresas que se han dedicado a la destrucción del medio ambiente se les debe deducir responsabilidades.

  • Katerin Galo
    Amante de la naturaleza, la lectura y la vida, soy una periodista que busca orientar a las personas y contarle de manera sencilla la realidad política y económica del país. El periodismo es la puerta que tiene la sociedad para conocer a los diferentes actores y tomadores de decisiones, es por ello que desde mis escritos le relato a las y los hondureños cuáles son los acontecimientos que marcan la ruta del país. Ver todas las entradas

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