A casi diez años del fallo que declaró inconstitucional la ley anterior, la creación de un nuevo Consejo de la Judicatura y la Carrera Judicial sigue pendiente.
Tegucigalpa, Honduras. –El Congreso Nacional discutirá un proyecto de reforma al decreto legislativo 282-2010, con el propósito de eliminar las atribuciones absolutas que actualmente ostenta el titular de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) en materia de nombramientos, ascensos, traslados y destituciones del personal judicial.
No es la primera vez que en el Poder Legislativo se plantea una modificación. En 2023, el Congreso Nacional presidido por Luis Redondo promovió una reforma similar. Incluso se nombró una comisión de dictamen para dicho anteproyecto.
La iniciativa legislativa plantea modificar el esquema vigente, en el que la titular del Poder Judicial concentra estas decisiones administrativas y disciplinarias, para dar paso a un modelo colegiado a cargo del pleno de magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).

Actualmente, la presidenta de la Corte, Rebeca Lizette Ráquel Obando, está legalmente facultada para realizar nombramientos, ascensos, traslados y destituciones de jueces y juezas, atribuciones que quedarían limitadas de aprobarse la modificación a la normativa vigente.
El proyecto busca que dichas decisiones dejen de depender de una sola autoridad y se adopten mediante mecanismos colectivos, conforme a lo establecido en la Ley de la Carrera Judicial y su reglamento.
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La reforma propone modificar el artículo 3 del decreto legislativo 282-2010, aprobado el 19 de enero de 2011 y aplicado a partir del 15 de febrero del mismo año. El articulado en mención establece que, mientras no se instale válidamente el Consejo de la Judicatura y de la Carrera Judicial o no se apruebe una reforma constitucional definitiva a los artículos 313 y 317 de la Constitución de la República, el pleno de magistrados debe ejercer de manera colegiada la selección del personal judicial.
El texto de la iniciativa reafirma que el pleno de magistrados deberá aprobar un mecanismo para tramitar, conforme a la Ley de la Carrera Judicial, los nombramientos, ascensos, traslados y permutas de todos los servidores judiciales que laboran en el máximo tribunal de justicia hondureño.
En el caso de las facultades disciplinarias, la modificación establece que estas también deberán ejercerse de forma colegiada, disponiendo que al menos tres magistrados conozcan los procedimientos respectivos. Es decir,que el proyecto subraya que dichos procesos disciplinarios deberán garantizar el derecho de defensa y el debido proceso, conforme a lo establecido en la Constitución de la República.

Otro de los argumentos es que la medida busca promover mayor transparencia, equilibrio y legitimidad en las decisiones administrativas y disciplinarias que afectan la carrera judicial.
Desde el Congreso Nacional se ha señalado que el modelo actual no responde plenamente a los principios de independencia judicial ni a los estándares internacionales en la materia.

Esa iniciativa surgió siete años después de la disolución del anterior Consejo de la Judicatura, cuya gestión estuvo marcada por señalamientos de corrupción y falta de credibilidad institucional. Un dato no menor es que uno de los implicados en ese caso –que posteriormente fueron sobreseídos– José Francisco Quiroz, hoy ostenta el cargo de subprocurador de la República.
CIDH Y ORGANIZACIONES NACIONAL INSISTEN EN REFORMA
La discusión sobre la reforma también ha sido respaldada por organismos internacionales y organizaciones de jueces que han presentado anteproyectos de reforma a la normativa vigente.
En mayo de 2024, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) presentó un informe en el que recordaron que continúa pendiente la promulgación de una Ley del Consejo de la Judicatura y de la carrera judicial en Honduras.
Durante la presentación del informe, la CIDH destacó que esta normativa es crucial para separar las funciones administrativas de las jurisdiccionales en la Corte Suprema de Justicia. En ese sentido, explicaron que dicha separación es esencial para garantizar una administración de justicia independiente, efectiva y acorde con los principios democráticos y de derechos humanos.
El informe presentado el 17 de mayo de 2024 también enfatizó la necesidad de que la normativa se ajuste a los estándares internacionales sobre independencia judicial.
En particular, la CIDH hizo referencia a los procesos de nombramiento, ascenso escalafonario, traslados, regímenes disciplinarios y separación del cargo de jueces y juezas.
De igual manera, la Asociación de Jueces por la Democracia (AJD) ha sido una de las voces más activas en la demanda de una reforma estructural del Poder Judicial. En noviembre de 2025, presentaron ante la presidenta de la CSJ, Rebeca Ráquel Obando, un anteproyecto de Ley del Consejo de la Judicatura y la Carrera Judicial.
La propuesta, según la Asociación, busca modernizar y fortalecer institucionalmente al Poder Judicial, preservando la independencia judicial y las garantías de jueces y juezas.
La AJD recordó que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) ha señalado que la actual Ley de la Carrera Judicial es incompatible con los estándares internacionales sobre independencia judicial.
El debate legislativo se da en un contexto marcado por los antecedentes del Consejo de la Judicatura, cuya ley orgánica fue declarada inconstitucional en 2016 por la Sala de lo Constitucional.
En el fallo, la CSJ estableció que el Poder Judicial debía elaborar un nuevo proyecto de Ley del Consejo de la Judicatura, una tarea que, casi una década después, continúa pendiente.





