Vocero de la MACCIH

Gobierno de Honduras aún no responde sobre nuevo vocero de la MACCIH

Por: Redacción CRITERIO

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Tegucigalpa.- En un comunicado poco entendible, la Secretaría de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional del gobierno de Honduras, manifestó que el nuevo vocero de la Misión de Apoyo Contra la Corrupción y la Impunidad en Honduras (MACCIH) deberá contar con el visto bueno gubernamental,  sin decir si acepta o no a Luiz Antonio Guimaraes Marrey, propuesto por el Secretario General de la OEA,  Luis Almagro.

En el comunicado recuerda la Convención de Viena en 1961,  y del Convenio entre el Gobierno de la República de Honduras y la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos (OEA) para la creación de la MACCIH, pero no da ninguna respuesta sobre el tema.

Aquí el comunicado

La Secretaría de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional, en relación a la solicitud del Secretario General de la Organización de los Estados Americanos (OEA) del beneplácito del Gobierno de la República para la designación de un nuevo vocero de la Misión de Apoyo contra la Corrupción e Impunidad (MACCIH), a la opinión nacional e internacional comunica:

-Que fue hasta el martes 10 de abril de 2018 que el Despacho de ésta Secretaria de Estado tuvo conocimiento de esa gestión diplomática por medio de nota de la Oficina nacional de la OEA en Honduras;

-Que, según los mismos términos de la referida nota de la OEA, dicha gestión habría sido en seguimiento a conversaciones realizadas con el nexo del Gobierno con la MACCIH en Tegucigalpa;

-Que como ha trascendido en los medios de comunicación, el Estado de Honduras actuará conforme a las disposiciones aplicables establecidas en el artículo 4 de la Convención de Viena de 1961, y en el artículo 10.4 del Convenio entre el Gobierno de la República de Honduras y la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos para el Establecimiento de la Misión de Apoyo Contra la Corrupción y la Impunidad en Honduras, que establecen lo siguiente:

-Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas (Artículo 4)

  1. “El Estado acreditante deberá asegurarse de que la persona que se proponga acreditar como jefe de la misión ante el Estado receptor ha obtenido el asentimiento de ese Estado.
  2. El Estado receptor no esta obligado a expresar al Estado acreditante los motivos de su negativa a otorgar el asentimiento.”

-Convenio entre el Gobierno de la República de Honduras y la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos para el Establecimiento de la Misión de Apoyo Contra la Corrupción y la Impunidad en Honduras (Artículo 10.4)

-“El/la Vocero/a de la MACCIH deberá contar con la previa aceptación del GOBIERNO y será debidamente acreditado ante las autoridades del GOBIERNO por el Secretario General.”

-Todo lo cual se hace de conocimiento general para fines de constancia histórica.

18 de abril de 2018

 

  • Jorge Burgos
    Tengo algunos años de experiencia y me encanta practicar el periodismo incómodo que toque los tinglados del poder, buscando cambios en la forma de gobernar y procurar el combate a la corrupción, develando lo que el poder siempre quiere ocultar. Ver todas las entradas

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