¿Qué Estados en México permiten que el apellido materno vaya antes que el paterno?

Tomado de Diario El País

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En nuestra vida adulta tenemos que llenar tantas formas y formularios que ni siquiera pensamos en el orden de nuestros apellidos. Primero el paterno y luego el materno, así ha sido siempre, al menos en países como México en los que se utilizan ambos. En los últimos años esta tradición se ha desafiado en algunos Estados del país.

El más reciente sucedió a principios de julio pasado cuando una juez en Puebla falló a favor de una madre soltera para que su hija llevara su apellido antes que el del padre. “Esta decisión sienta un precedente para que otros padres puedan cambiar el orden de los apellidos de sus hijos en otros Estados”, dice a Verne Vanessa Roldán, abogada familiar del despacho Soluciones Jurídicas en la Ciudad de México.

Las reglas de cómo debe registrarse una persona al nacer están en los códigos civiles o familiares de cada Estado. El mapa de arriba muestra qué establece cada uno sobre el orden de los apellidos.

Solo tres Estados le ofrecen a los padres una elección. En 2013, Yucatán se convirtió en el primer Estado en reformar su código civil para establecer esta opción. De acuerdo con un artículo del diario Milenio, el Registro Civil yucateco tomó la decisión para cumplir con los acuerdos internacionales de México sobre equidad de género. Para finales de mayo de este año, unos 17 niños habían sido registrados con el apellido materno como el primero, informó el esa oficina a Milenio. Estado de México aprobó una reforma similar en 2015 y Morelos lo hizo este año. Aunque el código civil de Guanajuato impone el paterno como el primero, este autoriza una variación en casos extraordinarios o cuando ambos padres son extranjeros.

Los códigos civiles o familiares en cinco Estados establecen que el primer apellido deber ser el paterno. El resto tiene reglas más ambiguas: en los códigos de 10 Estados y la Ciudad de México no se especifica un orden, pero se menciona primero el apellido paterno y luego el materno. “El orden de mención se interpreta como una regla implícita que indica que el primer apellido debe ser el paterno”, comenta Roldán. Todos los Estados incluyen excepciones para hijos nacidos de madres solteras o que no son registrados por sus padres biológicos.

Los códigos de otros 11 Estados simplemente establecen que la persona a registrar llevará dos apellidos. En ese caso, añade la abogada, existe una posibilidad de decidir un orden distinto al tradicional, pero depende de la política de cada registro civil y del común acuerdo de los padres.

Todas estas restricciones, sin embargo, pueden ser desafiadas en los tribunales, explica Roldán. “México ha firmado muchos tratados internacionales sobre derechos humanos, que incluyen la igualdad de género, por lo que ninguna ley puede establecer una imposición que vaya en contra de ellos”, dice. “La razón por las que estos artículos han persistido es porque hay una aceptación tácita o una costumbre de anteponer el apellido paterno. Si alguien solicita un orden distinto, los Estados deben permitirlo porque ninguna ley está por encima de los tratados internacionales, pero alguien debe solicitarlo, así es como suceden las reformas”.

América Aguilar, diputada local del Partido del Trabajo en Chihuahua, es uno de las impulsoras de la iniciativa para aprobar una reforma similar a la de Yucatán y el Estado de México en su Estado. “La finalidad es darle los mismos derechos a la mujer como ciudadana que el hombre. Un orden como el que establece el código civil actual violenta las garantías de igualdad”, comenta la congresista a Vernevía telefónica.

La iniciativa fue presentada a finales del 2014, pero no ha avanzado en el Congreso estatal. “Creo que mis compañeros no están listos para aprobar una iniciativa así”, agrega Aguilar. “Las ideas conservadoras aún persisten en Chihuahua, pero espero que conforme más personas soliciten este cambio, haya un cambio a nivel nacional”.

Esto también significaría un avance para los derechos de las parejas homosexuales, dice Antonio Medina, escritor y Secretario de Diversidad Sexual del Partido de la Revolución Democrática. Él y su esposo Jorge Cerpa adoptaron a su hijo Mateo en 2011. “Nuestra situación fue extraordinaria, después de que se desahogó todo lo legal del proceso de adopción, el juez nos dio la opción de elegir el orden de apellidos. En ese sentido, se podría decir que tuvimos una ventaja sobre las parejas heterosexuales”, comenta a Verne vía telefónica. “Jorge y yo hicimos combinaciones y elegimos la que sonaba mejor. Es algo muy bonito porque es una decisión compartida”.

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Un comentario

  1. Esta situación que protege al menor debe entenderse en sentido de la certeza de ambos progenitores, ya que como puede ser producto de una relación estable o de una aventura ocasional, lo cual también protege al presunto padre de que se le atribuya un hijo en el cual no tuvo participación.

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