A seis meses Poder Judicial hondureño comienza a cumplir mandato de la CIDH en caso López Lone

Por: Redacción CRITERIO

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Tegucigalpa.- La Corte Suprema de Justicia (CSJ), emitió un comunicado donde anuncia que cumplirá con la sentencia en el caso “López Lone y otros versus Honduras”, donde la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), ordena entre otras cosas,  la restitución de los jueces que fueron despedidos por pronunciarse contra el golpe de Estado.

Guillermo López Lone, Tirza Flores Lanza, Luis Alonso Chévez de la Rocha y Ramón Enrique Barrios.
Guillermo López Lone, Tirza Flores Lanza, Luis Alonso Chévez de la Rocha y Ramón Enrique Barrios.

En el segundo inciso de su comunicado manifiestan que están listos a cumplir con la sentencia de la CIDH y dispuestos a cumplir con cada uno de los aspectos ordenados por el mandato de la misma.
Los jueces Guillermo López Lone, Luis Alonso Chévez de la Rocha, Ramón Enrique Barrios y la magistrada Tirza Flores Lanza,fueron destituidos en mayo de 2010 por oponerse al derrocamiento de Zelaya, quien en la actualidad es diputado del Parlamento hondureño por el Partido Libertad y Refundación (Libre).

Tirza Flores Lanza,  fue despedida por haber presentado un recurso de amparo constitucional en contra de la expatriación de Zelaya, mientras que Ramón Barrios por haber dictado una conferencia académica de la cual se publicó un artículo en el que cuestionaba, con argumentos jurídicos, la posición del Supremo de denominar sucesión constitucional al golpe de Estado

A continuación el comunicado emitido por la Corte Suprema de Justicia:

COMUNICADO

El Poder Judicial de Honduras en relación al cumplimiento de la sentencia dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso conocido como “López Lone y otros versus Honduras”, a la opinión pública nacional e internacional comunica lo siguiente:

  1. El Poder Judicial de la República de Honduras es respetuosa de las Sentencias de emisión Internacional y de todo el orden jurídico establecido en nuestra normativa interna y en los convenios y tratados internacionales de los que Honduras forma parte como Estado suscriptor de los mismos.
  2. Reconocemos las recomendaciones y conclusiones establecidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en favor de los demandantes y como poder del Estado al que le corresponde ejecutar parte de lo establecido por el tribunal Internacional en la Sentencia del 05 de octubre del 2015, estamos en la mejor voluntad de cumplir con cada uno de los aspectos ordenados en el mandato de la misma.
  3. A la comunidad nacional e internacional se aclara que no se ha incumplido ningún apartado de la Sentencia emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el cumplimiento de dicha Sentencia está establecida en dos etapas, la primera de ellas debe cumplirse a los seis meses de su notificación acción que será ejecutada por la Procuraduría General de la República (PGR) en representación del Estado de Honduras dentro del plazo correspondiente.
  4. Las Autoridades del Poder Judicial de la República de Honduras en respecto del cumplimiento de reparación ordenado en favor de las victimas verificara la ejecución de lo señalado en los lineamientos del párrafo 303 de la mencionada Sentencia.

Tegucigalpa. Municipio del Distrito Central, 05 de mayo de 2016.

PODER JUDICIAL DE HONDURAS

 

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