Urgen creación del Consejo de la Judicatura, Poder Judicial tiene 60 días para presentar ley

El abogado constitucionalista y doctor en derechos humanos, Joaquín Mejía, advirtió que el Decreto 10-2026, mantiene la facultad del Congreso Nacional para elegir a los integrantes del Consejo de la Judicatura, si la CSJ no presenta proyecto en 60 días

Tegucigalpa, Honduras. –La creación del Consejo de la Judicatura y la Carrera Judicial vuelve a tomar relevancia luego de la publicación del Decreto 10-2026, que ordena al Poder Judicial presentar en un plazo de 60 días una iniciativa de ley para establecer este órgano encargado de la administración y disciplina del sistema judicial.

Tras la entrada en vigencia del decreto, distintas asociaciones de jueces y empleados judiciales han remitido al pleno de magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) varios borradores de anteproyecto orientados a definir la estructura y el funcionamiento para el Consejo de la Judicatura.

La urgencia de aprobar esta normativa radica en que Honduras continúa sin un Consejo de la Judicatura plenamente operativo, una situación que, según expertos y operadores judiciales, limita la consolidación de la carrera judicial y deja abiertas puertas a interferencias políticas en la administración de justicia.

El decreto, aprobado por el Congreso Nacional el 17 de febrero de 2026, reformó el artículo 3 del Decreto Legislativo 282-2010 y trasladó de manera temporal al pleno de magistrados de la CSJ las facultades administrativas que actualmente ejercía la presidencia de ese poder del Estado, encabezada por la magistrada presidenta Rebeca Ráquel Obando.

Con la modificación, las funciones administrativas del Poder Judicial, entre ellas la gestión institucional, los nombramientos, remoción y destituciones de jueces y personal administrativo, así como las decisiones disciplinarias, pasan a ser responsabilidad del pleno de los 15 magistrados.

El nuevo esquema establece que las decisiones administrativas deberán aprobarse con al menos ocho votos favorables dentro del pleno, convirtiendo a la CSJ en un órgano colegiado encargado de esas funciones mientras se conforma el Consejo de la Judicatura.

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ANALISTAS ALERTAN RIESGO DE INJERENCIA POLÍTICA EN ELECCIÓN DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA

No obstante, analistas y especialistas en derecho advierten que esta solución es únicamente transitoria y que la verdadera reforma pendiente es la creación de un Consejo de la Judicatura independiente que asuma de forma permanente la administración del Poder Judicial.

En ese sentido, el abogado constitucionalista y doctor en derechos humanos, Joaquín Mejía Rivera explicó que el nuevo artículo 3 transitorio del Decreto 10-2026 encomienda al pleno de magistrados los nombramientos y traslados dentro del sistema judicial “mientras se elige al Consejo de la Judicatura”.

Desde su cuenta de X –antes Twitter— el analista explicó que, aunque la medida parece temporal, revive un debate constitucional que ya había sido resuelto en el pasado por la propia Corte Suprema de Justicia.

El jurista recordó que en la sentencia RI-0696-2012 la Sala de lo Constitucional de la CSJ estableció que el Consejo de la Judicatura es un órgano interno del Poder Judicial, derivado del artículo 303 de la Constitución de la República, es decir, que los integrantes del Consejo deben ser nombrados por la propia Corte Suprema de Justicia, sin intervención de otros poderes del Estado.

Sin embargo, el nuevo decreto –en el artículo 3 inciso B— mantiene la disposición que el Congreso Nacional sea el encargado de elegir a los miembros del Consejo de la Judicatura y de la Carrera Judicial, un modelo que ya había sido declarado inconstitucional.

El artículo 3B dice textualmente que “la Corte Suprema de Justicia (CSJ) en uso de su iniciativa de Ley, debe enviar en un plazo de sesenta (60) días contados a partir de la vigencia del presente decreto, la iniciativa para crear la Ley del Consejo de la Judicatura y la Carrera Judicial; en caso de no realizarlo, cualquier diputado podrá presentar dicha iniciativa”.

Para Mejía Rivera, esta reiteración normativa plantea dudas sobre el respeto a la jurisprudencia constitucional y podría generar nuevos conflictos legales en el proceso de implementación del órgano.

De igual manera, cuestionó el procedimiento legislativo utilizado para aprobar la reforma, señalando que la dispensa de debates –solicitada por el diputado liberal Jorge Cálix— podría haber limitado un análisis más profundo sobre las implicaciones constitucionales del decreto.

A su juicio, la independencia judicial requiere estructuras institucionales sólidas, en las que los procesos de designación, disciplina y carrera judicial estén protegidos de presiones o injerencias políticas.

“El riesgo –advirtió— es que, si el poder político mantiene la facultad de elegir directamente a los miembros del Consejo de la Judicatura, la autonomía del Poder Judicial podría verse comprometida”, precisó Joaquín Mejía Rivera.

Mientras se desarrolla el debate jurídico, dentro del Poder Legislativo ya comenzaron las discusiones técnicas para elaborar el proyecto de ley que deberá remitirse al Congreso Nacional en un plazo de 60 días.

Al respecto el magistrado de la Sala Penal de la CSJ, Mario Díaz, dijo a medios de comunicación que el pleno de la Corte ha recibido varias propuestas elaboradas por organizaciones de abogados y jueces. 

Entre ellas figura un borrador presentado por la Asociación de Jueces por la Democracia (AJD), así como otro documento remitido por la Federación de Empleados y Funcionarios del Poder Judicial (FEC) y la Asociación Nacional de Empleados y Funcionarios del Poder Judicial.

Además, dentro del Poder Judicial también circula un proyecto elaborado mediante una consultoría coordinada por el excomisionado nacional de los derechos humanos Leo Valladares Lanza.

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El magistrado Mario Díaz, indicó que también existen iniciativas similares que fueron enviadas al Congreso Nacional en años anteriores y que podrían retomarse como referencia en el nuevo proceso de discusión.

El objetivo, explicó, es construir una propuesta que surja de una consulta amplia tanto con actores internos del sistema judicial como con sectores externos vinculados al ámbito jurídico y académico.

Entre los puntos en los que coinciden varias de las propuestas presentadas se encuentra la modificación del mecanismo de elección de los consejeros, es decir, que los integrantes del Consejo de la Judicatura sean designados por el pleno de magistrados de la CSJ y no por el Congreso Nacional.

Según estas organizaciones, esta fórmula permitiría fortalecer la independencia judicial y reducir el riesgo de injerencias políticas en el funcionamiento del órgano.

La falta de este órgano, sostienen, ha provocado durante años una concentración de decisiones administrativas en la CJS, lo que dificulta la profesionalización de la carrera judicial.

Con el plazo de 60 días establecido por el Decreto 10-2026, ya en marcha, el Poder Judicial enfrenta ahora el reto de consensuar un proyecto de ley que responda a las exigencias constitucionales, eliminar viejas prácticas –como las ocurridas en el anterior Consejo de la Judicatura— y a la necesidad de fortalecer la independencia del sistema de justicia hondureño.

  • Amante de la naturaleza, la lectura y la vida, soy una periodista que busca orientar a las personas y contarle de manera sencilla la realidad política y económica del país. El periodismo es la puerta que tiene la sociedad para conocer a los diferentes actores y tomadores de decisiones, es por ello que desde mis escritos le relato a las y los hondureños cuáles son los acontecimientos que marcan la ruta del país.

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