Tegucigalpa. Cinco días después de que el Congreso Nacional aprobó una serie de reformas que atentan contra los derechos de la ciudadanía y blindó a los corruptos de cualquier proceso legal en su contra, el Ministerio Público finalmente emitió un comunicado parcial refiriéndose únicamente a las enmiendas relacionadas al delito de lavado de activos.
El comunicado de una hoja expone que la reforma al artículo 439 del Código Penal, relacionada con el delito de lavado de activos representa un retroceso en el combate a la criminalidad organizada, específicamente el tráfico de drogas, delitos de corrupción, y lavado de activos.
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Además, señaló preocupación por las barreras que supondrán las reformas «al desnaturalizar el proceso acusatorio» debido a que será necesaria la autorización judicial para que instituciones financieras brinden información a la Fiscalía sobre la persona investigada.
El pronunciamiento del Ministerio Público ocurrió luego de más de cien horas en las que la única voz que detalló las implicaciones de la avalancha de reformas realizadas por el Poder Legislativo fue el fiscal coordinador de la Unidad Fiscal Especializada contra Redes de Corrupción (UFERCO), Luis Javier Santos. Este señaló que su postura era a título de la UFERCO y no del Ministerio Público, ya que quien debía manifestarse era el fiscal general de la República, Óscar Chinchilla.
SOBRE LO QUE NO SE PRONUNCIÓ EL MINISTERIO PÚBLICO
Pese al tardío pronunciamiento del Ministerio Público, este dejó fuera otras reformas que impactan en la lucha contra la corrupción. Y es que mientras se blindó la información bancaria de los políticos, se incluyó a las organizaciones de sociedad civil como parte de las Personas Expuestas Políticamente (PEPs), algo que a criterio de estas últimas limitará su investigación, denuncia y exposición de actos de corrupción contra la administración pública.
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El analista económico, Alejandro Kaffati, remarcó mediante un hilo de tuits que esta inclusión de las organizaciones de sociedad civil a las PEPs por parte del Poder Legislativo «llama puntualmente la atención porque Honduras sería de los pocos países donde su definición de PEP se extiende a la sociedad civil y no se suscribe a la definición internacionalmente aceptada».
Kaffati señaló que la definición de Personas Expuestas Políticamente se refiere específicamente a «aquellos individuos que cumplen funciones públicas internamente, por ejemplo: los jefes de Estado o de Gobierno, políticos de alto nivel, funcionarios gubernamentales o judiciales de alto nivel o militares de alto rango y funcionarios de partidos políticos»
El economista remarcó que, si bien la inclusión de la sociedad civil en las PEP no debería coartar la libertad de sus miembros y funcionarios, debido al contexto actual de Honduras esta incorporación podría ser utilizada como una medida coercitiva contra las organizaciones que se han dedicado a denunciar actos de corrupción.
El documento de la Fiscalía General tampoco mencionó la aprobación de una reforma para exonerar de multas y sanciones a candidatos, movimientos internos y partidos políticos que incumplieron con la entrega de sus informes de gastos de campaña política en las elecciones primarias, pese a que cuentan con una Unidad Especial Contra Delitos Electorales (U.E.C.D.E.).
¿Y EN RELACIÓN A LOS DERECHOS HUMANOS?
El MP tampoco se refirió a la criminalización de la protesta en la antesala de las elecciones generales, convocadas para el 28 de noviembre próximo, donde el centro de las reformas se dirigió al delito de usurpación para castigar hasta con diez años de cárcel a los hondureños que ejerzan el derecho a la protesta por cualquier circunstancia.
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Mucho menos sobre la derogación al artículo 613 del Código Penal que exceptuaba del delito de usurpación lo relativo a la ocupación de tierras, cuando estas hayan sido reclamadas previamente por la vía civil y administrativa sobre títulos ancestrales o asentamientos humanos.
Esto implica que una vez entren en vigor estas reformas será inminente la criminalización de los líderes de las comunidades indígenas y negras que, en los últimos años han iniciado protestas en diversas zonas del país por su oposición a proyectos mineros, hidroeléctricos, energía solar y, ahora en los últimos meses, por la ejecución de las Zonas de Empleo y Desarrollo Económico (ZEDE).
En relación con el silencio por parte del Ministerio Público en lo que concierne a las reformas que atentan contra los derechos de la ciudadanía, el ex fiscal general, Edmundo Orellana Mercado, dijo a Criterio.hn que «Es inexplicable esa omisión. Debió pronunciarse sobre la reforma, sus alcances y consecuencias. El pronunciamiento parcial no abona a la causa de la lucha contra la impunidad ni a la imagen del MP».
Por su parte, el experto en derecho constitucional y derechos humanos, Joaquín Mejía, planteó que mediante este comunicado «el MP solo está planteando lo que le afecta», quien debe pronunciarse sobre la vulneración a los derechos humanos es el Comisionado Nacional de Derechos Humanos (CONADEH).
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