Por: Redacción CRITERIO/Pasos de Animal Grande
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El Estado de Honduras soslayó deliberadamente una medida cautelar emitida por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, CIDH, hace exactamente 10 meses y decidió rechazar este 04 de septiembre , un Recurso de Amparo interpuesto desde octubre de 2014 para protegerlo de que no se le suspendiera de su ejercicio periodístico.
Alvarado es el director del programa televisivo “Mi Nación”, que se transmite a través de Radio Globo y GloboTV y recibió una condena después que en el año 2006 Belinda Flores Padilla, decana por la Facultad de Ciencias Económicas, de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH), le interpusiera una querella por difamación y calumnias porque el comunicador prestó su espacio para que docentes de la universidad denunciaran actos irregulares de la mencionada funcionaria en el otorgamiento de títulos. Pero eso le valió una condena por un año y cuatro meses de reclusión e inhabilitación en sus derechos civiles, entre ellos del ejercicio periodístico.
Antes, en el 2011, fue absuelto por el Tribunal de primera instancia que desestimó la querella por no encontrar méritos para la misma, pero la parte acusadora se fue a Casación y el 13 de diciembre de 2013 logró la condena contra Alvarado, la cual vino a menoscabar la libertad de expresión e información en Honduras.
El 25 de marzo de 2014, Alvarado conmutó la pena, o sea que pagó una cantidad de dinero para no ir a prisión y se suponía que debía también de dejarse sin efecto el suspenderlo de sus demás derechos, pero la decana Belinda Flores se fue en Apelación y allí la Corte resolvió admitirle la petición de suspenderle de la profesión.
En Octubre de 2014 la abogada Kenia Oliva interpuso un Recurso de Amparo ante la Sala de lo Constitucional que a pesar de varias acciones para demandar una pronta respuesta no se pronunciaba hasta este 05 de septiembre.
Ante una petición de Pen Internacional, Pen Honduras y la Iniciativa Periodismo y Democracia, el 05 de noviembre de 2014 la CIDH decidió otorgar la medida cautelar para Alvarado donde se destaca que “…la Comisión solicita al Estado de Honduras suspender la ejecución de la sentencia condenatoria de fecha 09 de diciembre de 2013 de la Corte Suprema de Justicia y abstenerse de realizar cualquier acción para inhabilitar al periodista Julio Ernesto Alvarado en el ejercicio de la profesión hasta que la CIDH se haya pronunciado sobre la petición individual…”
Desde el otorgamiento de dicha medida, el Estado hondureño se ha resistido a implementarla, tan es así que el 03 de diciembre de 2014 cuando la CIDH se encontraba realizando una visita in situ a Honduras, el Juzgado de Ejecución trató inhabilitar al comunicador, lo que generó la alerta nacional, internacional y de la propia CIDH, junto con el Relator Especial para la Libertad de Expresión, Edisson Lanza, que lo neutralizó la alevosa acción estatal.
Pero el Estado de Honduras siguió con sus intenciones de inhabilitarlo y envió una petición a la CIDH para que se le suspendiera la medida cautelar, lo cual no tuvo efecto porque las decisión de la CIDH es que se permitiera estudiar el caso a profundidad.
El “silencio de la justicia” duró 10 meses, hasta este 04 de septiembre que la Sala de lo Constitucional decide rechazar el Recurso de Amparo. Esta Sala está integrada por la magistrada Silvia Santos y los magistrados German Vicente García, José Elmer Lizardo y Víctor Manuel Lozano.
La CIDH ya había señalado que la sentencia contra Alvarado provocaba un daño irreparable a los derechos de libertad de expresión e información de la sociedad hondureña, a Julio Ernesto Alvarado y a todos los periodistas y comunicadores sociales del país y un efecto silenciador, acá la parte medular de la resolución:
Abogada Kenia Oliva: Congreso Nacional debe derogar
del Código Penal los delitos contra el Honor tal como se lo han recomendado instancias internacionales.
Con la decisión el Estado hondureño se posiciona como un ente que no le importan sus compromisos internacionales y prevalece la decisión de callar a la prensa nacional sobre la cual pesa un discurso deslegitimador instaurado desde el presidente de la República, Juan Orlando Hernández hasta de algunos funcionarios de todas las escalas de decisión, lo que pone en grave riesgo el ejercicio de la profesión en esta nación centroamericana.
A pocas hora de haberse emitido la resolución, la abogada Kenia Oliva señaló que hay un conflicto en la interpretación del Recurso pues lo que se pretendía no era dejar sin valor la sentencia sino que al haber conmutado la pena , las accesorias desaparecía, , ” y lo que me parece más grave es que se le dé preponderancia a un derecho subjetivo como es el honor .
En definitivo hay un conflicto hacia el respeto de los derecho fundamentales lo cual se debe de resolver pero no en el Poder Judicial sino a través del Congreso Nacional que debe proceder a derogar los delitos contra el Honor pues imitan la libertad de expresión.
Es lamentable que Honduras no se ajuste a la normativa internacional en este caso, por eso es vital que los jueces respaldados en su independencia judicial procedan a darle cumplimiento”.