profundización de crisis económica y social

Ley terrorista no es algo nuevo y podría ser violatoria de derechos humanos

En 2002 el Congreso Nacional aprobó una reforma al artículo 332 del Código Procesal Penal que sancionaba con penas de 8 a 12 años, y multas a los líderes de las pandillas juveniles como el Barrio 18 y la MS13 para frenar las actividades delictivas que cometen esas organizaciones

Tegucigalpa, Honduras. -El titular de la Secretaría de Seguridad, Gustavo Sánchez, anunció que enviará una propuesta al Congreso Nacional para declarar a las maras y pandillas u organizaciones criminales como terroristas, esto como respuesta a las acciones contra el crimen organizado.  

Durante una conferencia de prensa, las autoridades de la Secretaría de Seguridad y la Policía Nacional detallaron las acciones que realizarán para contrarrestar la criminalidad organizada, que se ha ensañado con la población hondureña. Entre las medidas que tomará el Gobierno destacan la implementación de un toque de queda en algunas ciudades del departamento de Cortés.

Sánchez describió al terrorismo como “una forma violenta de lucha mediante la cual los delincuentes persiguen la destrucción del orden establecido para crear un clima de terror e inseguridad”.

Gustavo Sánchez, secretario de Seguridad

Aunque, el Código Penal en su artículo 587 contempla el delito de terrorismo al igual que la Ley de Financiamiento del Terrorismo, mismas que señalan que los individuos que pertenezcan a una asociación delictiva (como maras y pandillas) sean catalogados como terroristas.

“Son asociaciones terroristas las constituidas sea de modo permanente o transitorio, por dos (2) o más personas para cometer algún delito, con alguna de las finalidades siguientes: subvertir gravemente el orden constitucional o provocar un estado de terror en la población o parte de ella”, cita el artículo 587 de la normativa penal.

Tienen también la consideración de asociaciones terroristas las que, aun teniendo como objeto constitutivo uno lícito, realicen en todo o en parte las conductas a las que se refiere el párrafo anterior. El delito se considera cometido con independencia de que la asociación haya sido constituida en el extranjero, siempre que se lleve a cabo algún acto con relevancia penal en el territorio de Honduras.

La normativa penal establece penas de 15 a 20 años para los directivos, promotores y financistas de la asociación. Por otro lado, los “simples integrantes” de la asociación terrorista deben ser castigados con las penas de prisión de 10 a 15 años.

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NO ES UNA INICIATIVA NUEVA

El abogado constitucionalista y especialista en derechos humanos Joaquín Mejía señaló que esta iniciativa propuesta desde el Poder Ejecutivo no es algo nuevo, ya que es un discurso que se ha venido utilizando desde tiempo atrás por diferentes gobiernos, desde que comenzó el tema de las maras y pandillas.

Diálogo Alternativo
Joaquín Mejía, experto en derechos humanos.

En ese sentido, el jurista dijo en entrevista a Criterio.hn que estas acciones ya las había implementado en 2004 el expresidente, Ricardo Maduro, con la llamada Ley antimaras para combatir las pandillas juveniles. De igual manera, en el gobierno del exmandatario, Manuel Zelaya.

“No es un invento de la presidenta, Xiomara Castro eso es un asunto que viene desde el año 2001 y que en Honduras se puso de moda en el 2003 con la aprobación de esa Ley Antimaras y actualmente en nuestro Código Penal está vinculado, me imagino que la reforma que pretenden hacer es dejarlo más claro, pero el tema de terrorismo es un asunto que nos preocupa”, aseveró.

En agosto de 2002 el Congreso Nacional aprobó la reforma del artículo 332 del Código Procesal Penal que sancionaba con penas de 8 a 12 años, y multas a los líderes de las pandillas juveniles como la Pandilla o Barrio 18 y la MS13 para frenar las actividades delictivas que cometen esas organizaciones.

La reforma criminalizó a ciudadanos tatuados con símbolos de las estructuras criminales o personas que se reunieran en las calles en grupos, situación que vulneró las garantías constituciones y al final, como medida de seguridad, resultó en un fracaso rotundo.

En su momento, varias organizaciones defensoras de derechos humanos interpusieron recursos de inconstitucionalidad, pero la Corte Suprema de Justicia (CSJ) las rechazó.

Mejía señala que, en el Código Penal anterior se hizo una reforma para que las acciones de los pandilleros pudieran considerarse como terrorismo, al igual que la protesta ciudadana.

“Desafortunadamente el Código Penal es demasiado ambiguo, el problema es que ahora quieren hacer que la sóla pertenencia a maras y pandillas sea considerada terrorismo y aquí hay un grave problema, porque el derecho penal lo único que puede sancionar son los actos que son lesivos a un bien jurídico”, puntualizó Joaquín Mejía.

Expuso ademas, que el derecho penal no debe sancionar ni las pertenencias o las apariencias, y por tanto pertenecer a una organización criminal, no debería de equipararse terrorismo.

Lea: Gobierno de Xiomara Castro replica política de seguridad de Juan Orlando Hernández

Javier Acevedo

Sobre el tema el director ejecutivo del Centro de Investigación y Promoción de los Derechos Humanos (CIPRODEH), Javier Acevedo, manifestó que este tipo de iniciativas no son nuevas y emulan a la Ley Antimaras, que promovió el expresidente, Ricardo Maduro.

El también abogado, señala que en Honduras se continúa una política de derecho penal del enemigo, lo que significa que no importa qué tipo de delitos se ha cometido, sino que lo que se persigue es a la persona por ser quien es.

“En ese sentido estamos ante una potencial violación de derechos humanos que es lo mismo que pasó cuando se hizo la reforma de Ley -Antimaras- para considerar a las personas pertenecientes de maras como integrantes del crimen organizado, entonces el delito es de asociación ilícita”, dijo a este medio digital.

Acevedo expone que la vía más fácil es obtener una reforma legal que señale un grupo social como delincuente y eso quita a los entes de justicia para hacer las investigaciones correspondientes para sustentar un proceso judicial.

  • Katerin Galo
    Amante de la naturaleza, la lectura y la vida, soy una periodista que busca orientar a las personas y contarle de manera sencilla la realidad política y económica del país. El periodismo es la puerta que tiene la sociedad para conocer a los diferentes actores y tomadores de decisiones, es por ello que desde mis escritos le relato a las y los hondureños cuáles son los acontecimientos que marcan la ruta del país. Ver todas las entradas

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