Por: Thelma Mejía
Tegucigalpa.- Hace más de una década, un alto funcionario del Estado de Honduras me citó para trasladarme su incomodidad por las ofensas que a su persona hacía un grupo de periodistas, que en ese entonces se jactaba de poner y quitar gobernantes.
El funcionario estaba indignado no por lo que hablaban de su persona, sino por el agravio cometido contra su difunta madre, al asegurar que éste, mientras ella agonizaba, le sacaba a fuerza su firma para quedarse con la herencia. Nada más alejado de la verdad, pero así de temerario es muchas veces nuestro periodismo.
–Los voy a demandar porque la memoria de mi madre es sagrada—me dijo en ese momento el alto funcionario. Quiero saber su opinión, me preguntó. Mi respuesta fue contundente: Si lo hace, me veré obligada a hacer una alerta y denunciarlo. Yo impulsaba en ese momento el Comité por la Libre Expresión (C-Libre) y ahí aprendí que ante casos tan polémicos como éste, la doctrina es el faro que mejor ilumina el abordaje sobre los temas de libertad de expresión. Y aprendí también que ésta tiene límites.
Mi respuesta no gustó al alto funcionario, menos a sus asesores que le rodeaban y calentaban el oído, pero cuando le expliqué el por qué no era prudente hacerlo y el por qué su accionar sería visto como una afrenta para la libertad de expresión por la investidura de su cargo y por ser autoridad revestida de poder, a regañadientes, terminó entendiendo y no demandó.
Si lo hubiera hecho se habría producido un escándalo mayúsculo para Honduras que en ese entonces contemplaba en el código penal la figura del desacato. Los ataques a su persona, cesaron, porque la mentira tiene patas cortas. Desde ese entonces la lucha en el país ha sido por despenalizar los delitos contra el honor, no por hacer un favor a los periodistas, sino porque la doctrina señala que toda pena carcelaria en materia de libertad de expresión es restrictiva e inhibitoria del ejercicio de ese derecho que no es exclusivo de la prensa.
Un comunicador social que injuria, calumnia y denigra debe enfrentar la justicia, pero en el ámbito civil y debe ser objeto de las autorregulaciones de su medio, de su gremio y de su conciencia. La doctrina sienta las pautas de cómo podría ser ese debate cuando se lleva al ámbito de lo civil. El periodismo por ser el mejor oficio del mundo, no puede ser un ejercicio revestido de impunidad para deshonrar. Eso también lo contempla la doctrina.
Traigo a colación esta anécdota para intentar plasmar desde la doctrina y desde los principios de la libertad de expresión, las dificultades que tiene un Gobierno o un Estado cuando revestido de poder intenta restringir el derecho a la libertad de expresión, en este caso, la situación del canal televisivo Globo TV.
Jurídicamente la decisión de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL) de sacar del aire a Globo TV junto a otras 21 estaciones televisivas, puede sonar correcta, pero en términos de libertad de expresión y a la luz de la doctrina, la determinación no solo fue políticamente incorrecta, sino que conlleva implícito una serie de dudas que hacen que lo “jurídicamente correcto” ahora tenga vicios severos de censura o de una política de premio o castigo de los Estados a los medios críticos u opositores.
Tremendo lío en que las autoridades de CONATEL metieron al gobierno del presidente Juan Orlando Hernández, pues casi siempre estas decisiones terminan siendo políticas.
En su resolución del 20 de mayo de 2016, CONATEL termina indicando que estos 21 medios de comunicación dejaron vencer sus permisos de Títulos Habilitantes y al no ser renovados, tienen que salir del espectro. Así lo dice la ley. Los integrantes de Globo TV aceptan que “se les fue” ese error administrativo e invocan su derecho a subsanar como al parecer también se los permite la ley.
Al margen de ese vericueto jurídico llama la atención que 11 de los canales suspendidos por CONATEL, su título habilitante para operar se venció hace más de un año y los vienen a ejecutar hasta ahora, mientras a Globo TV se le venció en febrero de 2016. ¿Cuál es la forma de aplicar la ley? Lo otro, es que algunos de los canales que se ordena sean sacados del aire, siguen operando normalmente, como lo constaté en un zapping hecho últimamente. ¡Extraña justicia!
Esos y otros hechos ya normativos y que fueron explicados recientemente en un foro de libertad de expresión por el abogado Eddy Tábora, director ejecutivo de C-Libre, siembran amplias dudas sobre este caso tan controversial. Si se analiza la doctrina sobre libertad de expresión, CONATEL no sale bien parado, menos el gobierno del presidente Hernández.
En la premiación del Colegio de Periodistas de Honduras, el presidente Hernández recordó a los periodistas sus niveles de tolerancia frente a los agravios que asegura ha sido objeto. Y seguro, como ocurre con todo gobernante—de izquierda, centro o derecha—las críticas no siempre son de su agrado.
Solo que él, es un funcionario revestido de autoridad y de poder, dos ventajas muy amplias sobre el ciudadano de a pie o el periodista o reportero que cubre la información. Y eso se lo deben recordar, con alguna frecuencia, el círculo del primer anillo que le rodea y se supone escucha.
Esa gente que le susurra al oído y azuza contra sus detractores creyendo que le hacen un flaco favor, en este caso de Globo TV, lo tiene a él y a su gobierno en aprietos a nivel internacional porque al menos 4 principios internacionales que rigen la libertad de expresión han sido vulnerados.
De ellos, los más complicados son el 5 y el 7. El primero dice “ La censura previa, las restricciones a la circulación de los medios o a la divulgación de sus mensajes, la imposición arbitraria de información, la creación de obstáculos al libre flujo informativo y las limitaciones al libre ejercicio y movilización de los periodistas, se oponen directamente a la libertad de prensa”.
Mientras que el otro indica: “Las políticas arancelarias y cambiarias, las licencias para la importación de papel o equipo periodístico, el otorgamiento de frecuencias de radio y televisión y la concesión o supresión de publicidad estatal, no deben aplicarse para premiar o castigar a medios o periodistas”.
Globo TV cometió sin duda un error administrativo y el Estado debe darle, a la luz de la doctrina que rige la libertad de expresión, el derecho a corregirse y a operar, aunque el periodismo que haga nos guste o no nos guste. La tarea de gobernar no es fácil, menos aún tolerar a quienes gobernamos, pero en la democracia de las ideas y del debate, el principio de libertad de expresión está por encima de los afectos o desafectos. Es el principio en el cual descansa una democracia.
La apuesta de los gobiernos y de quienes defendemos la libertad de expresión debe ser a que se cumpla y respete el principio número 9 de la libertad de expresión: La credibilidad de la prensa está ligada al compromiso con la verdad, a la búsqueda de precisión, imparcialidad y equidad, y a la clara diferenciación entre los mensajes periodísticos y los comerciales. El logro de estos fines y la observancia de los valores éticos y profesionales no deben ser impuestos. Son responsabilidad exclusiva de periodistas y medios. En una sociedad libre la opinión pública premia o castiga.
Yo aspiro a que el mal periodismo, un día la sociedad lo castigue.