Tegucigalpa, Honduras. – Un juez de letras de jurisdicción nacional, mediante una resolución enviada a la Unidad Fiscal Especializada Contra Redes de Corrupción (UFERCO), ordenó la aplicación del principio de prejudicialidad administrativa, que significa que se deberá enviar toda la documentación al Tribunal Superior de Cuentas (TSC) de un caso de supuesta corrupción y lavado de activos que involucra a políticos y altos funcionarios de la administración 2010 – 2014.
En el escrito que se notificó a la UFERCO, el juez resuelve que el TSC realice una auditoría de investigación especial, aun y cuando el Ministerio Público (MP), ya efectuó distintas diligencias, incluso con la conclusión de la auditoría forense, en la que se encontró el desvío de más de 30 millones de lempiras drenados de la Secretaría de Infraestructura y Servicio Públicos (INSEP) y el Fondo Vial en el año 2013.
La millonaria suma, de acuerdo a la investigación efectuada, fue utilizada para el financiamiento de campañas políticas.
Esta decisión judicial causa sorpresa al ordenar que la investigación, en poder de la UFERCO, sea remitida al TSC, ente meramente administrativo, cuya atribución es informar a la Fiscalía hallazgos donde pudiera existir algún tipo de responsabilidad penal situación que no aplica a este caso; además no cuenta con las competencias para elaborar una auditoria forense, dice el comunicado del Ministerio Público.
Señala, además, que el juez basó su resolución en el decreto 116-2019, contentivo de la Ley Especial para la Gestión, Asignación, Ejecución, Liquidación y Rendición de Cuentas de Fondos Públicos para Proyectos de Orden Social, Comunitarios, Infraestructura y Programas Sociales en el Congreso Nacional, del cual se ha venido solicitando al Congreso Nacional que proceda a su derogación.
El decreto 116-2019 conocido como Fondo Departamental, fue invocado en la presente causa por el apoderado legal de uno de los investigados, para que declarara la aplicación del principio de prejudicialidad administrativa, situación que causa extrañeza a la UFERCO, porque el funcionario judicial resolvió sin audiencia previa, violentando los principios que rige el sistema acusatorio.
Ante esta decisión, la UFERCO hará uso de los recursos correspondientes, además de enviar una alerta de preocupación por estas actuaciones judiciales mismas que abren una brecha de impunidad al no permitir ni siquiera presentar el caso ante los órganos competentes, finaliza el comunicado del MP.
El fiscal de la Uferco, Luis Javier santos escribió en su cuenta de Twitter: se pretende abrir una puerta más para que el Tribunal Superior de Cuentas (TSC) continúe archivando casos de Corrupción y Lavado de Activos.
Santos, señaló que, “lo resuelto por un Juez el día de hoy es Gravísimo y tergiversa totalmente el contenido del Decreto 116-2019 que no se ha querido derogar.
Declarando la concurrencia de prejudicialidad administrativa sin audiencia previa y sin esperar a que los casos lleguen a los Juzgados, ordenando de manera unilateral que se remita toda la documentación de una investigación por corrupción y lavado de activos al TSC para que investigue un hecho que la UFERCO tiene en investigación”.
Estas arbitrariedades deben terminar, si no, nunca avanzaremos en el combate a la corrupción, apuntó Santos.
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Tengo algunos años de experiencia y me encanta practicar el periodismo incómodo que toque los tinglados del poder, buscando cambios en la forma de gobernar y procurar el combate a la corrupción, develando lo que el poder siempre quiere ocultar. Ver todas las entradas