Estado de excepción: ilegalidad avalada por el Congreso

Que el Congreso Nacional no ratifique cada prórroga del estado de excepción emitida por el Poder Ejecutivo avala un marco ilegal que evidencia cómo se está utilizando una herramienta constitucional sin los controles establecidos. Como resultado, varias personas han sido víctimas de abusos debido a los súper poderes que esta medida otorga a la Policía Nacional y a la Policía Militar del Orden Público, instituciones históricamente señaladas por violaciones a los derechos humanos.

Tegucigalpa, Honduras. – Desde diciembre de 2022, el estado de excepción ha sido prorrogado de forma ininterrumpida en Honduras, pese a que su aplicación no ha seguido los procedimientos establecidos en la Constitución. Según el artículo 187, toda suspensión de garantías debe ser ratificada por el Congreso Nacional en un plazo máximo de 30 días y publicada en el diario oficial La Gaceta para su entrada en vigor. Sin embargo, de los 18 decretos ejecutivos emitidos hasta la fecha, solo ocho han sido ratificados y apenas tres publicados dentro del plazo correspondiente, lo que confirma que la medida ha operado al margen de la legalidad.

A pesar de que el estado de excepción es una herramienta que solo debe aplicarse en circunstancias extraordinarias, el gobierno de Xiomara Castro lo ha mantenido sin interrupciones y sin someterse a los controles constitucionales. Esta irregularidad ha sido avalada por el Congreso Nacional, bajo la presidencia de Luis Redondo, que en múltiples ocasiones ha incumplido su obligación de ratificar, modificar o simplemente no aprobar las ampliaciones dentro del tiempo establecido. Esto no ha sido obstáculo para que el Ejecutivo continúe implementando restricciones sin el respaldo normativo necesario.

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Criterio.hn, a través de varios artículos, ha expuesto que apenas ocho decretos del estado de excepción han sido ratificados por el Congreso Nacional y que algunas prórrogas ni siquiera han sido publicadas en La Gaceta. Mientras tanto, la Asociación para una Sociedad más Justa (ASJ) resaltó este día las irregularidades en estos decretos, evidenciando cómo incumplen el marco legal establecido en la Constitución de la República.

El decreto que dio inicio a la medida, PCM-29-2022, fue aprobado el 3 de diciembre de 2022 y ratificado por el Congreso 18 días después, el 21 de diciembre. Sin embargo, su publicación en La Gaceta se retrasó 236 días, cuando la medida ya había expirado, dejando sin sustento legal las acciones tomadas bajo su vigencia. Esta demora estableció un precedente que se ha repetido en las posteriores ampliaciones del estado de excepción.

Los siguientes decretos han seguido un patrón similar, según lo expuesto por la ASJ. El PCM-01-2023, emitido el 6 de enero de 2023, fue ratificado el 16 de febrero, pero 41 días después de su emisión, excediendo el plazo constitucional. Aunque posteriormente se publicó en La Gaceta, las medidas aplicadas en el periodo intermedio carecieron de respaldo normativo, al haber sido implementadas antes de su ratificación.

El PCM-10-2023, aprobado el 20 de febrero de 2023, tampoco cumplió con los tiempos que exige la ley. Su ratificación se realizó el 29 de marzo, es decir, 37 días después de su emisión, y su publicación en La Gaceta no ocurrió sino hasta el 20 de junio, 83 días después de su ratificación. Esto generó un periodo extenso en el que la medida se aplicó sin cumplir los requisitos legales mínimos.

A partir de abril de 2023, la falta de control sobre la legalidad del estado de excepción se acentuó. PCM-15-2023, decretado el 6 de abril, nunca fue ratificado por el Congreso Nacional ni publicado en La Gaceta, lo que significa que cualquier restricción de derechos derivada de este decreto operó sin base legal. Una situación similar ocurrió con PCM-24-2023, aprobado el 20 de mayo, que tampoco fue sometido a ratificación ni publicado oficialmente.

El PCM-33-2023, emitido el 5 de julio, es uno de los pocos que cumplió parcialmente con los requisitos legales. Fue ratificado el 19 de julio y publicado en La Gaceta el 12 de agosto. Sin embargo, transcurrieron seis días entre la ratificación y su publicación, lo que generó un periodo en el que la medida no tuvo validez legal.

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NI PUBLICADOS NI RATIFICADOS

Las irregularidades continuaron con las siguientes ampliaciones. PCM-37-2023, PCM-42-2023 y PCM-46-2023, emitidos entre agosto y noviembre de ese año, nunca fueron ratificados ni publicados. Esto implica que el estado de excepción operó durante meses sin ningún respaldo legal, dejando a la ciudadanía expuesta a restricciones de derechos inconstitucionales.

En palabras más sencillas, durante la vigencia de esos dos PCM, los arrestos y allanamientos de viviendas realizados por los cuerpos de seguridad amparados en la suspensión de garantías constitucionales, fueron realizados al margen de la ley.

Incluso en los casos en los que los PCM fueron ratificados, las irregularidades persisten. PCM-52-2023, aprobado el 27 de diciembre, fue ratificado el 7 de febrero de 2024, con un retraso de 42 días respecto al plazo constitucional. Hasta la fecha del informe, no se ha confirmado su publicación en La Gaceta, lo que mantiene en incertidumbre su aplicación legal.

El análisis de esta información permite concluir que solo uno de los 18 PCM emitidos ha cumplido con todos los requisitos de ratificación y publicación dentro de los plazos establecidos en el artículo 187 de la Constitución. En palabras sencillas, esto demuestra que la mayoría de las extensiones del estado de excepción han sido implementadas de manera inconstitucional, consolidando un precedente peligroso en el que el gobierno y el Congreso Nacional han permitido la restricción de derechos sin respetar los procedimientos legales.

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