Por: Timothy Meyer, Gernot Wagner y Sheldon Whitehouse
DURHAM, NC/NUEVA YORK/WASHINGTON, DC – Por lo general se piensa en el cambio climático como un problema ambiental. Pero también plantea amenazas serias para las empresas, los inversores y el sistema financiero.
En Estados Unidos, la Comisión de Bolsa y Valores (SEC) actualmente está considerando una propuesta que exigiría que ciertas compañías públicas divulgaran información relacionada con los riesgos que enfrentan como consecuencia del cambio climático. Lo preocupante es que la agencia está recibiendo cada vez más presión de políticos e intereses comerciales diversos que muchas veces citan la decisión reciente de la Corte Suprema en West Virginia vs. EPA como un argumento para desechar o atenuar la propuesta.
Sin embargo, los argumentos económicos, legales y políticos en contra de avanzar con esta potestad reglamentaria son profundamente errados. El riesgo climático -tanto los riesgos directos planteados por un cambio climático no mitigado como los riesgos que enfrentan las empresas a partir de los esfuerzos de mitigación- es riesgo financiero. A pesar de que los episodios extremos como los huracanes Fiona e Ian reciben mucha atención -y con razón-, las crecientes temperaturas globales y el alza de los niveles de los océanos en definitiva pueden tener efectos económicos mayores.
De la misma manera, en tanto gobiernos, consumidores y socios comerciales en todo el mundo intentan limitar las emisiones de gases de efecto invernadero, tal vez se subestimen los riesgos que enfrentan ciertas empresas con altas emisiones de carbono. Por ejemplo, los esfuerzos globales para reducir la contaminación de carbono afectarán a los grandes emisores como empresas de servicios públicos y compañías cementeras, así como a las empresas que venden productos que generan emisiones significativas, como petróleo o vehículos con motores de combustión interna. Para evaluar la exposición de una compañía al riesgo de la política climática, los inversores tienen que conocer tanto sus emisiones directas como sus emisiones “de alcance 3” de su cadena de suministro ascendente y de sus productos derivados.
Finalmente, existe una amplia preocupación de que el colapso de una “burbuja de carbono” o de los mercados de seguro o de los valores de las propiedades costeras pueda propagarse en toda la economía, causando pánico y angustia. La evaluación de las empresas sobre cómo sobrevivirán a un episodio de esta naturaleza es información importante para los inversores.
Hay quienes han sugerido que la decisión de la Corte Suprema en West Virginia vs. EPA implica que la SEC no tiene ninguna autoridad legal para exigir la divulgación de información vinculada con los riesgos asociados al cambio climático, inclusive las emisiones. La Corte aplicó una nueva versión de la doctrina de las “cuestiones importantes”, según la cual revocará la acción de una agencia, aun si cuenta con “una base textual aparentemente correcta”, si una mayoría de los jueces concluye que la acción de la agencia es novedosa en cuanto a su alcance, es de relevancia económica y política y no está claramente autorizada por el Congreso. Al aplicar este criterio, la Corte sostuvo que al basarse en una disposición legal que había utilizado sólo de manera ocasional durante 50 años, y sólo para exigir que las centrales eléctricas adoptaran medidas de control de la contaminación, la EPA estaba intentando de manera ilícita imponer un sistema de tope y comercio que el Congreso, en repetidas ocasiones, se había negado a establecer.
Sin embargo, la regla cuestionada en West Virginia es fácilmente distinguible de la propuesta de la SEC para una divulgación del riesgo climático. La regla propuesta descansa en delegaciones de autoridad parlamentarias frecuentemente utilizadas y bien entendidas, no implica reclamos de poder novedosos y no expande la autoridad de la agencia. Por el contrario, adoptar reglas de divulgación estandarizadas es fundamental para la misión de la SEC de proteger a los inversores y el interés público, y se encuadra perfectamente en la competencia de la agencia.
Uno de los roles más esenciales que el Congreso le ha asignado a la SEC es el de exigirles a las empresas que revelen “material” informativo sobre sus operaciones de manera que permita que los inversores comparen empresas y tomen decisiones informadas. Estas divulgaciones no se limitan a información financiera. ¿Acaso podría ser así? Las empresas enfrentan muchos tipos de riesgos, de fuentes financieras y no financieras.
A lo largo de los años, la SEC ha exigido la divulgación de un amplio rango de información conforme a este estándar. En 1998, por ejemplo, la agencia interpretó de manera unánime sus reglas para exigirles a las empresas que divulgaran los riesgos del virus informático Y2K. Al igual que en el contexto climático, la SEC determinó que muchas empresas habían comenzado a divulgar los riesgos del Y2K, pero en formas variadas que eran difíciles de comparar y evaluar. La interpretación de la SEC protegió a los inversores al identificar y estandarizar la información que tenían que brindar las empresas.
En consecuencia, la propuesta de la SEC para la divulgación del riesgo climático no es innovadora. Descansa en una autoridad legal bien establecida e impone el tipo de requerimiento -divulgación estandarizada de riesgos materiales entre las empresas- que ha sido la práctica cotidiana de la agencia durante casi 90 años. Y muchos de los inversores institucionales más importantes de Estados Unidos, como BlackRock y CalPERS, han dicho oficialmente que necesitan divulgación obligatoria sobre el riesgo climático para hacer su trabajo como corresponde.
Asimismo, y contrariamente a algunas sugerencias, la propuesta no expandiría el alcance de las leyes bursátiles más allá de aquellas entidades que esas leyes cubrieron históricamente. Sin duda, la regla propuesta exigiría que las firmas cubiertas estimaran las emisiones de “alcance 3”. Pero brinda un refugio seguro para las empresas siempre y cuando ofrezcan estimaciones de buena fe. No exigiría que los agricultores o cualquier otro que no esté cubierto por las leyes bursátiles divulguen sus emisiones.
Si bien la lógica económica y el fundamento jurídico para la propuesta de la SEC son sólidos, las decisiones regulatorias, desafortunadamente, no están del todo libres de las consideraciones políticas. Esto sin duda no pasó desapercibido para los grupos conservadores que desarrollaron e impulsaron la nueva versión de la doctrina de las “cuestiones importantes”.
Esperaban que el resultado de convencer a la Corte Suprema de invalidar la acción de la agencia bajo esta interpretación novedosa y vaga sería el de enfriar la actividad de potestad reglamentaria de la agencia. Las agencias, que intentan evitar posibles fracasos políticamente incómodos en los tribunales, tal vez dudarían antes de avanzar. Para los grupos dedicados a la “deconstrucción” del “estado administrativo”, este desenlace representa una victoria aun mayor que cualquier potestad reglamentaria individual que las cortes pudieran revocar.
La SEC y otras agencias federales no deben sucumbir a este efecto paralizante. Donde haya una fuerte base fáctica y respaldo legal para una potestad reglamentaria, las agencias deberían avanzar con confianza. El gobierno moderno -y el interés público- no exige menos que eso.
Timothy Meyer es profesor de Derecho en la Universidad Duke. Gernot Wagner es economista climático en la Escuela de Negocios de Columbia. Sheldon Whitehouse es senador norteamericano por Rhode Island.
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Tengo algunos años de experiencia y me encanta practicar el periodismo incómodo que toque los tinglados del poder, buscando cambios en la forma de gobernar y procurar el combate a la corrupción, develando lo que el poder siempre quiere ocultar. Ver todas las entradas