El Partido Liberal genera polémica al sustituir a Samuel García por Jorge Cálix como aspirante a la diputación por Olancho, pese a que la Ley Electoral inhabilita su candidatura de cara a las elecciones generales de noviembre.
La consejera y representante del Partido Nacional, Cossette López, no se pronunció directamente al caso de Jorge Cálix, pero afirmó que no prestará su voto a casos que estén al margen de lo dictado por la Ley Electoral.
Tegucigalpa, Honduras. A casi dos meses de la celebración de las elecciones generales, el Partido Liberal ha implementado una sorpresiva estrategia, sustituir a los candidatos a diputados electos por la voluntad popular, pese a que uno de los casos contraviene lo establecido en la normativa electoral.
El pasado 22 de septiembre, el Consejo Central Ejecutivo del Partido Liberal (CCEPL), mediante un comunicado aclaró que las sustituciones se realizarían únicamente con ciudadanos y ciudadanas que no hayan tenido participación en la contienda primaria, esto en respeto a la voluntad popular expresada el 9 de marzo.

Sin embargo, dicha postura quedó sin validez, tras confirmar que el ex precandidato presidencial del Partido Liberal y tres veces electo diputado por Francisco Morazán, Jorge Cálix sustituirá al candidato a congresista por el departamento de Olancho, Samuel Armando de Jesús García, pese a que la ley lo prohíbe.
La controversial sustitución abre una nueva división a lo interno del CCEPL. Roberto Contreras, actual presidente del instituto político, dejó evidenciado en video su respaldo a Cálix; Luis Zelaya, ex aspirante presidencial en la contienda primaria, advirtió que la sustitución es ilegal y demuestra la “decadencia” de los liderazgos; mientras que Salvador Nasralla, candidato presidencial titubeo con respecto a la designación.
“Según entendía yo, por los requisitos cuando alguien no sale electo participando en elección primaria queda automáticamente descartado para la elección general. Pero siempre en Honduras, la ley –y ustedes saben que la ley en Honduras siempre se acomoda. Bueno, hay que entender que es la ley en nuestro país, y Jorge es un buen elemento. Si la ley le permite ingresar, tenemos que cumplir con la ley”, expresó Nasralla a un medio televisivo.
¿ES ILEGAL LA SUSTITUCIÓN?
La mañana de este jueves 25 de septiembre, el candidato liberal a diputado por Olancho, Samuel García, anunció en un noticiero local su renuncia a la candidatura, con el propósito de ceder el espacio al exprecandidato presidencial Jorge Cálix.
García señaló que tomó la decisión de ceder la candidatura con el objetivo de fortalecer al Partido Liberal y para que Salvador Nasralla pueda llegar a convertirse en el próximo presidente de Honduras.
Pie de foto: “Esto lo estoy haciendo por Honduras, porque nosotros sentimos que necesitamos urgentemente salvar a Honduras y el único que lo puede hacer es el Partido Liberal con Salvador Nasralla como próximo presidente”, dijo Samuel García.
La Constitución de la República de Honduras, en el artículo 198, señala que uno de los requisitos para optar por una diputación es ser originario del departamento por el cual se postula o haber residido en él por lo menos los últimos cinco años anteriores a la fecha de convocatoria a elecciones, un requisito con el que Cálix no cuenta.
Además, la Ley Electoral de Honduras en el artículo 115 sobre las prohibiciones a los partidos políticos, establece la prohibición a la inscripción de candidatos a cualquier cargo de elección popular para las elecciones generales a personas que hayan participado en otro partido o en el mismo periodo electoral.
Del tema de las sustituciones, la consejera propietaria y representante del Partido Nacional, Cossette López, aseguró ante medios de comunicación que de las solicitudes enviadas por el CCEPL, emitirá su voto en consonancia con lo que establece la ley en cumplimiento con los principios y en apego estricto a su letra e interpretación.
López, sin entrar en detalles o referirse a un caso específico, explicó que la ley establece ciertas limitaciones para quienes han sido candidatos, además, remarcó que tanto las renuncias como las sustituciones poseen parámetros específicos y que en amparo a ello manifestará su voto.

¿EXISTE LA POSIBILIDAD DE UN VACÍO LEGAL?
El abogado penalista Henry Salinas advirtió que la maniobra del Partido Liberal para sustituir a Samuel García y favorecer a Jorge Cálix responde, probablemente, a la identificación de un vacío legal que le abriría la puerta para asumir la candidatura.
Salinas remarcó el hecho que una gran parte de la ciudadanía sabe que Cálix reside en Santa Lucía y que ha sido diputado por Francisco Morazán por tres periodos consecutivos, sin embargo, explicó que ha trascendido información que este, posee un bien inmueble en el departamento de Olancho, y que tiene en su poder una constancia de vecindad, por lo que podría acreditar el cumplimiento del requisito.
El profesional del derecho remarcó que sí Cálix tiene la pretensión de asumir la sustitución de García en la diputación por Olancho, es porque seguramente sabe que dentro del organismo electoral puede lograr la inscripción de su candidatura y sumado a ello, posee la venia del partido, a través de Roberto Contreras.

Sobre el juicio emitido por el candidato presidencial, Salvador Nasralla sobre que en Honduras la “la ley se acomoda”, Salinas expresó que es preocupante que las personas cuando están dentro de la política empiezan a justificar cosas que en el pasado criticaban.
El abogado apuntó a que Nasralla está utilizando un “discurso salomónico”, ya que no quiere irse de frente contra Cálix porque este representa una fuerza política dentro del liberalismo. Además de ello, agregó los conflictos que se registran entre Nasralla y Contreras a quienes calificó de liberales que no son liberales.
¿QUÉ PROCEDE EN EL CNE?
Para dar respuesta a esta interrogante, Criterio.hn, contacto al exmagistrado del extinto Tribunal Supremo Electoral, Dennis Gómez, quién explicó que la discusión entre el artículo 115 y 183 de la Ley Electoral trae consigo la famosa figura de la interpretación del espíritu del legislador, es decir interpretar la ley a conveniencia.
Gómez señaló que dicha situación avizora que más allá de una decisión electoral se convertirá en una política, y que en esos casos ni la Constitución de la República ni la ley electoral importan, un hecho que lamentó.
El jurista subrayó que corresponde al CNE determinar si la sustitución procede o no y que, conforme al artículo 12, la decisión deberá adoptarse por mayoría.






