A juicio del abogado constitucionalista y especialista en derechos humanos, Joaquín Mejía, expresó que la Ley de Amnistía, no puede ser declarada inconstitucional debido a que su origen se fundamenta en una atribución expresa del Congreso Nacional, establecida en la Constitución de la República
Tegucigalpa, Honduras. -El pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) debatirá, este martes 8 de octubre, los recursos de inconstitucionalidad interpuestos en contra del decreto 04-2022, conocido como Ley de Amnistía. La normativa ha generado controversia ya que desde su aprobación se ha otorgado cartas de libertad a varios exfuncionarios de la administración del expresidente Manuel Zelaya (2006-2009), depuesto por un golpe de Estado en junio de 2009.
Inicialmente se informó que el 20 de septiembre de 2024, los 15 magistrados emitirán un fallo en relación a los recursos de inconstitucionalidad contra la Ley de Amnistía. Sin embargo, su discusión fue pospuesta porque algunos magistrados argumentaron que no habían revisado a detalle el proyecto.
En la sesión de pleno del martes 8 de octubre de 2024, participarán 10 magistrados propietarios y cinco integrantes. Pero se avizora que el magistrado Roy Pineda no estará presente, ya que está con incapacidad médica por lo que se estaría integrando otro juez como lo establece la normativa.
En ese sentido Odalis Nájera Medina, magistrada de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), indicó que la integración del pleno sería de 10 magistrados propietarios y cinco suplentes. Pero ante la ausencia de su compañero Roy Pineda, se tendrá que incorporar un sexto magistrado suplente.
“Por fortuna son seis integrantes, no estoy segura, si realmente estaremos entrando los seis o si integrará a la abogada Anabely Medina que fue llamada en el último pleno”, expresó.
PREVÉN TRES POSIBLES ESCENARIOS
La magistrada de la Sala Laboral Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), Odalis Nájera Medina, informó que el pleno fue convocado para el martes 8 de octubre de 2024 para conocer los recursos de inconstitucionalidad contra la Ley de Amnistía.
Durante una entrevista brindada a un noticiero capitalino la jueza explicó que hay tres posibles escenarios sobre el fallo: el primero sería a favor de declarar inconstitucional, en contra de la inconstitucionalidad y un fallo parcialmente a favor.
Añadió que “esas son decisiones que se van a valorar internamente en el marco de la discusión jurídica que se realizará en la sesión del día de mañana”.
Señaló que en algunas ocasiones los asuntos en el pleno de la CSJ, se resuelven con votaciones por unanimidad y otras con el apoyo de la mayoría, es decir, ocho contra siete.
De igual manera, cuestionó que el decreto 04-2022 ha sido presentado ante la ciudadanía como una amnistía política y se ha omitido tres aspectos torales de la ley.
El primero habla sobre los funcionarios de la administración gubernamental de 2006 al 2009; el segundo es sobre la amnistía a las y los defensores de derechos humanos que han sido criminalizados desde 2009 hasta la fecha, y el tercer punto es el compromiso del Estado de Honduras con la instalación de la Comisión Internacional contra la Corrupción y la Impunidad en Honduras (CICIH).
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LEY DE AMNISTÍA NO PUEDE SER DECLARADA INCONSTITUCIONAL DESDE SU ORIGEN
El abogado constitucionalista y especialista en derechos humanos, Joaquín Mejía, expresó que la Ley de Amnistía, no puede ser declarada inconstitucional debido a que su origen se fundamenta en una atribución expresa del Congreso Nacional, establecida en la Constitución de la República.
El profesional del derecho dijo a Criterio.hn que el artículo 205 numeral 16 otorga al Congreso la facultad de conceder amnistía por delitos políticos y comunes conexos, lo cual, a su juicio, fortalece la legitimidad de la normativa aprobada en febrero de 2022.
Mejía precisó que la diferencia entre el fallo que declara la inconstitucionalidad, desde su origen, a la Ley de las Zonas de Empleo y Desarrollo Económico (ZEDE) es porque el Congreso Nacional no está autorizado para modificar artículos pétreos.
Para el abogado, resulta contradictorio que se pretenda cuestionar la constitucionalidad de una ley que se encuentra plenamente respaldada por la Constitución. “Si el Congreso Nacional tiene la potestad constitucional de conceder amnistías, ¿por qué habrían de declarar inconstitucional un decreto que está ejercido en el marco de sus atribuciones?”, planteó Mejía.
El abogado constitucionalista, Joaquín Mejía, explicó que la Ley de Amnistía nace como parte del Acuerdo de Cartagena, firmado después del golpe de Estado del 28 de junio de 2009. Fotografía: Horacio Lorca/Criterio.hn
Uno de los puntos centrales en el análisis del jurista es la falta de una definición clara en la Constitución sobre lo que se considera un delito político.
“La Constitución no conceptualiza qué son los delitos políticos, por lo que esa determinación corresponde a los tribunales de justicia. Son ellos quienes deben interpretar qué conductas pueden ser calificadas bajo esta categoría”, señaló el profesional del derecho.
Añadió que está ambigüedad jurídica otorga a los jueces un papel crucial en la interpretación al momento de aplicar la Ley de Amnistía.
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CONGRESO NACIONAL APRUEBA LEY DE AMNISTÍA
En febrero de 2022, el Congreso Nacional –presidido por Luis Redondo– aprobó la Ley para la Reconstrucción del Estado de Derecho y para que los hechos no se repitan, conocida como decreto 4-2022 y Ley de Amnistía Política.
La polémica sobre esta normativa deriva por la inclusión delitos contra la administración pública, con la cual se favoreció a exfuncionarios del gobierno del exmandatario Manuel Zelaya Rosales (2006 a 2009) que cometieron acciones delictivas al incluirse un rosario de delitos que son parte de la amnistía.
Entre los beneficiarios de esta ley se encuentran figuras políticas que habían sido acusadas de corrupción, abuso de poder y enriquecimiento ilícito, entre ellos: el exsecretario de la presidencia, Enrique Flores Lanza; el exdirector de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones (Hondutel), Marcelo Chimirri; el actual director del Instituto Hondureño de Transporte Terrestre (IHTT), Rafael Barahona y el exalcalde de San Pedro Sula, Rodolfo Padilla Sunseri.
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Amante de la naturaleza, la lectura y la vida, soy una periodista que busca orientar a las personas y contarle de manera sencilla la realidad política y económica del país. El periodismo es la puerta que tiene la sociedad para conocer a los diferentes actores y tomadores de decisiones, es por ello que desde mis escritos le relato a las y los hondureños cuáles son los acontecimientos que marcan la ruta del país. Ver todas las entradas