Con reforma al artículo 227 del Código Procesal Penal se eliminarían privilegios a funcionarios

El artículo 227 del Código Procesal Penal, exime a las y los funcionarios públicos –presidente de la República, diputados, magistrados, entre otros— de presentarse a las instalaciones del Ministerio Público, pero no los exonera de brindar declaraciones

El mismo artículo señala que los funcionarios rendirán la declaración en su casa de habitación u oficina, previa cita o por oficio urgente. La declaración deberá producirse dentro de los dos días hábiles siguientes a la fecha de la solicitud

Tegucigalpa, Honduras. – La negativa del diputado del Partido Liberal, Mauricio Villeda, de presentarse ante el Ministerio Público para rendir una declaración sobre su mención en el juicio contra el expresidente Juan Orlando Hernández, sentenciado a 45 años de prisión por delitos relacionados a la narcoactividad, ponen en tela de juicio los privilegios que gozan los funcionarios públicos en el país.

A raíz de este hecho, analistas y el mismo fiscal general, Johel Zelaya, plantearon la necesidad de reformar el artículo 227 del Código Procesal Penal de Honduras.

Este artículo establece que los funcionarios públicos, entre ellos el o la presidente, secretarios y subsecretarios de Estado, las y los diputados, no están obligados a comparecer ante el Ministerio Público ni ante los órganos jurisdiccionales para rendir declaraciones. En cambio, obliga a los fiscales a trasladarse a las viviendas o lugares designados por estos funcionarios para tomar sus declaraciones.

Esta normativa ha sido criticada por muchos, quienes la consideran una concesión innecesaria que puede ser interpretada por muchos como un abuso del poder político y una estrategia para eludir el escrutinio público.

Kenneth Madrid dijo que los funcionarios se escudan en esas disposiciones para no acudir ante los órganos de investigación del Estado. Fotografía: Horacio Lorca/Criterio.hn

El abogado penalista y analista político, Kenneth Madrid, dijo a Criterio.hn que este tipo de prerrogativas quedaron del Código Procesal Penal cuando fue redactado en los años 90.

Añadió que el Código Procesal Penal establece que los fiscales deben tomar la declaración en las oficinas, viviendas o lugar que determine el funcionario.

“Los funcionarios se escudan en esas disposiciones para no acudir ante los órganos de investigación del Estado, o que también lo juzguen de una manera, en algunos casos, no haya objetividad”, precisó el entrevistado.

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MAURICIO VILLEDA EVOCA CÓDIGO PROCESAL PENAL, PARA NO PRESENTARSE ANTE EL MP

El pasado 9 de septiembre de 2024, el Ministerio Público citó al diputado del Partido Liberal, Mauricio Villeda Bermúdez, para que compareciera el martes 10 de septiembre ante los detectives de la Dirección de Lucha Contra el Narcotráfico (DLCN) y fiscales de la Fiscalía Especial Contra el Crimen Organizado (FESCCO) en el marco de proceso investigativo por la mención de hondureños en juicios contra narcotraficantes en Estados Unidos.

Sin embargo, el congresista optó por no comparecer personalmente a las instalaciones del Ministerio Público, evocando el artículo 227 del Código Procesal Penal, el cual señala que los funcionarios no están obligados a comparecer a las citaciones de la fiscalía ni de los órganos jurisdiccionales, pero no los exime de declarar.

Por lo anterior, los detectives de la Dirección de Lucha Contra el Narcotráfico (DLCN) y fiscales de la Fiscalía Especial Contra el Crimen Organizado (FESCCO) y la Unidad Fiscal de Apoyo a la Depuración Policial (UF-ADPOL), se apersonaron a las oficinas del apoderado legal del diputado Mauricio Villeda para escuchar su testimonio en relación con su mención en una corte de Estados Unidos.

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CONGRESO NACIONAL DEBE REFORMAR CÓDIGO PROCESAL PENAL

El profesional del derecho y analista político, Kenneth Madrid, recomendó al Congreso Nacional iniciar un proceso de reforma que elimine estos privilegios y promueva la igualdad ante la ley.

“Ojalá que el Congreso Nacional tome la iniciativa de discutir esos temas y con ello derogar estas prerrogativas que tienen los altos funcionarios del Estado”, expresó el analista.

Además, mencionó que la reforma del artículo 227 no solo es necesaria, sino urgente “si queremos avanzar hacia un sistema de justicia más equitativo y transparente”.

Por su parte, el fiscal general de la República, Johel Zelaya, instó al Congreso Nacional a reformar el Código Procesal Penal y con ello eliminar los privilegios de los que gozan los funcionarios.

Durante una breve comparecencia ante los medios de comunicación, el pasado viernes 13 de septiembre, el fiscal expresó que “es algo legal, pero es injusto” porque no se puede hacer distinciones, ya que “ante la ley todos somos iguales”.

  • Amante de la naturaleza, la lectura y la vida, soy una periodista que busca orientar a las personas y contarle de manera sencilla la realidad política y económica del país. El periodismo es la puerta que tiene la sociedad para conocer a los diferentes actores y tomadores de decisiones, es por ello que desde mis escritos le relato a las y los hondureños cuáles son los acontecimientos que marcan la ruta del país. Ver todas las entradas
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