Comunidades garífunas exigen cumplimiento de sentencia de la CIDH sobre sus territorios

Por: Redacción CRITERIO

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Tegucigalpa.- Las comunidades Garífunas de Triunfo de la Cruz y Punta Piedra se han tomado la carretera CA-13 a la altura del Boquete, en el municipio de Tela, departamento de Atlántida, exigiéndole al Gobierno Central el cumplimiento del convenio que les otorgó la Corte Interamericana de los Derechos Humanos.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), hizo públicas el 18 de diciembre de 2015, las sentencias en relación a los casos de las comunidades Garífunas de Punta Piedra y Triunfo de la Cruz. Un año después de la publicación, el Estado de Honduras se ha abstenido de apegarse a las sentencias.

El portavoz de las comunidades Cesar Benedict expresó que ya han pasado dos años en que el convenio se les otorgó y que no han visto respuesta alguna para resolverles el problema.

Con respecto a las reparaciones, la Corte estableció que su Sentencia constituye per se una forma de reparación y, adicionalmente, ordenó al Estado:

  1. publicar la Sentencia de la Corte Interamericana y su resumen;
  2. ii)realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional ;
  • iii) proceder a demarcar las tierras sobre las cuales ha sido otorgada la propiedad colectiva en dominio pleno y en garantía de ocupación;
  1. iv) otorgar un título de propiedad colectiva sobre un lote de tierra reconocido como territorio tradicional de la Comunidad Triunfo de la Cruz por parte del Estado, el cual deberá ser debidamente delimitado y demarcado;
  2. v)iniciar en un plazo razonable la investigación de la muerte del señor Jesús Álvarez y de los señores Óscar Brega, Jorge Castillo Jiménez y Julio Alberto Morales, con la finalidad de determinar las eventuales responsabilidades penales y, en su caso, aplicar efectivamente las sanciones y consecuencias que la ley prevea;
  3. vi) garantizar el libre acceso, uso y goce de la propiedad colectiva por parte de la Comunidad Triunfo de la Cruz en la parte de su territorio que se sobrepone con un área del Parque Nacional Punta Izopo;
  • vii)crear mecanismos adecuados para regular su sistema de Registro de Propiedad;
  • viii) crear un fondo de desarrollo comunitario a favor de los miembros de la Comunidad Garífuna Triunfo de la Cruz, y
  1. ix)pagar la cantidad fijada en la Sentencia por reintegro de costas y gastos. Asimismo, la Corte dispuso que el Estado debiera reintegrar al Fondo de Asistencia Legal de Víctimas de la Corte las cantidades erogadas durante la tramitación del presente caso.

En relación con las medidas de reparación integral ordenadas en el Fallo, la Corte estableció que su Sentencia constituye per se una forma de reparación. Asimismo, ordenó que el Estado debe:

  1. como medidas de Restitución: a) garantizar el uso y goce, a través del saneamiento, de las tierras tradicionales que fueron tituladas por el Estado a favor de la Comunidad Garífuna de Punta Piedra; b) hacer cesar cualquier actividad respecto del proyecto de exploración Punta Piedra II que no haya sido previamente consultada; c) poner en marcha los mecanismos necesarios de coordinación entre instituciones con el fin de velar por la efectividad de las medidas dispuestas;
  2. ii) como Compensación Colectiva, crear un fondo de desarrollo comunitario a favor de los miembros de la Comunidad Garífuna de Punta Piedra;
  • iii) como medidas de Satisfacción,realizar las publicaciones y transmisión radial;
  1. iv) como Garantías de no repetición : a) adoptar las medidas suficientes y necesarias, a fin de que sus disposiciones reglamentarias sobre minería no menoscaben el derecho a la consulta, y b) crear mecanismos adecuados para regular su sistema de Registro de Propiedad;
  2. v)el Estado debe continuar y concluir, en un plazo razonable, la investigación por la muerte de Félix Ordóñez Suazo y demás denuncias interpuestas en la jurisdicción interna, y en su caso, sancionar a los responsables;
  3. vi) como Indemnización, pagar el reintegro de costas y gastos, así como el reintegro al Fondo de Asistencia Legal de Víctimas, por los gastos incurridos.
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Un comentario

  1. A veces los GARIFUNAS desean toda la Playa desde Guatemala a Nicaragua en el Mar Caribe , la consulta es si nosotros los MESTIZOS ya no tenemos derechos sobre esas Playas!

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