discurso de Gustavo Petro en la ONU

Combate al terrorismo interno de las organizaciones políticas legales

Por: Irma Becerra

En los últimos días en Honduras, hemos experimentado que no es cierto que “a los malos les va bien, y a los buenos les va mal”, porque pareciera haberse iniciado, por fin, una intensificación en la lucha contra la corrupción que traerá el merecido castigo a los políticos terroristas que se pierden en un bacanal de ambición, codicia, drogas, dinero, sexo y despilfarro de los fondos públicos, convirtiendo de ese modo, a la política en un mero negocio privado y un objeto y medio de venta.

Esta vez, queremos por eso hablar de un tipo de terrorismo que no pareciera ser tal y que debe ser tipificado como delito político. Nos referimos a hechos que van desde el saqueo bárbaro de las instituciones del Estado con propósitos criminales hasta la marginación y la discriminación que sufren algunas mujeres políticas por negarse a las pretensiones y ofrecimientos sexuales de sus correligionarios hombres, así como la negación del pago de pensión alimenticia para sus hijos por parte de políticos “padres” cínicos y descarados. Es este un tipo de terrorismo interno que reina dentro de las organizaciones políticas legales o partidos políticos y del que poco trasciende a la opinión pública.

Este tipo de terrorismo puede que no sea de uso de la violencia armada y bombazos, pero es igualmente dañino, violento y perjudicial para las personas que sufren sus efectos y se enfrentan a sus secuelas emocionales y psicológicas.

En este sentido, debemos desde la Filosofía del Derecho, reivindicar el delito político y desarrollar una doctrina del derecho penal para ciudadanos políticos enemigos de los Derechos Humanos que implique tres principios fundamentales:

  1. Ampliación de la punibilidad en función del peligro que representa un ciudadano enemigo político al fomentar una actitud o conducta que atenta contra los estatutos internos de los partidos políticos, así como contra el ordenamiento jurídico dominante ante los hechos cometidos.
  2. Las penas deben guardar proporcionalidad con los hechos cometidos, así como con la peligrosidad de estos ciudadanos enemigos políticos o terroristas políticos que, además, son políticos criminales, delincuentes y asesinos.
  3. Las garantías procesales deben ser garantizadas para castigar, enjuiciar y procesar a estos tipos de terrorismo político de las organizaciones políticas legales.

Solo de ese modo, podremos perseguir las redes internas del poder político que se nutren de la debilidad de los sistemas jurídicos para realizar el robo descarado de los fondos públicos, el tráfico de drogas, el tráfico de armas, el tráfico de medicinas, la trata de blancas, la prostitución, la violación voluntarista, fresca y descarada de las leyes y la Constitución, etc., desde las altas esferas del poder y el Estado. Debemos desmantelar estas redes nefastas que atentan contra la vida de los ciudadanos y las personas, no importa el continente, el país, la sociedad o la cultura de que se trate. ¡Reivindicaremos la Ética Universal! ¡Iremos de político en político, no importando la edad, el sexo, la raza, el color, el estatus o el grado de poder y autoridad! ¡No más!

  • Escritora y filósofa hondureña. Doctorada en filosofía por la Universidad de Münster, Alemania. Es directora de la Editorial Batkún, fundada por su padre, el escritor e historiador hondureño Longino Becerra. Su mas reciente libro “En defensa sublime de la mujer” Ver todas las entradas
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