Por: Redacción CRITERIO
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Tegucigalpa.- El Consejo Nacional Anticorrupción CNA presentó ante el Minsiterio Público una denuncia en contra de los magistrados que firmaron la sentencia que declara constitucional el Decreto Legislativo núm. 23-2016, dijo su titular Gabriela Castellanos.
Se determinó formalizar su denuncia por los supuestos delitos de abuso de autoridad y prevaricato ante el órgano persecutor del delito; teniendo en cuenta que, después de haber analizado las incongruencias y falacias que contiene los considerandos del fallo emitido el 29 de mayo del presente año, señaló Castellanos.
Comunicado
El Consejo Nacional Anticorrupción CNA presenta una denuncia en contra de los magistrados que firmaron la aberrante sentencia que declara constitucional el Decreto Legislativo núm. 23-2016
Tegucigalpa.- Este día, el Consejo Nacional Anticorrupción (CNA), se personó a la Secretaría General del Ministerio Público, con el fin de promover una denuncia en contra de 5 magistrados que dictaron sentencia en el expediente SCO-0189-2018 RI, respecto al recurso de inconstitucionalidad presentado por el representante procesal de 3 imputados en el caso denominado «red de diputados».
De acuerdo a lo manifestado por el CNA, se determinó formalizar su denuncia por los supuestos delitos de abuso de autoridad y prevaricato ante el órgano persecutor del delito; teniendo en cuenta que, después de haber analizado las incongruencias y falacias que contiene los considerandos del fallo emitido el 29 de mayo del presente año, en donde se declara la constitucionalidad del Convenio entre la República de Honduras y la Secretaría General de la Organización de Estados Americanos (OEA), para el establecimiento de la Misión de Apoyo Contra la Corrupción e Impunidad en Honduras (MACCIH).
Los denunciantes manifestaron que: las acciones realizadas por los magistrados de la Sala de los Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) se enmarcan en hechos que constituyen delito; en vista de que, los juzgadores emitieron una sentencia con malicia, verdadera conciencia de injusticia y contrarias al texto de la ley; de acuerdo a la denuncia, los magistrados quienes son personas con conocimientos técnicos en derecho, evidenciaron su conducta contraria a la norma, en la motivación de la resolución prevaricadora, de igual forma, utilizaron argumentos encubridores de carácter antijurídico; dado que, en los considerandos realizan valoraciones que no se enmarcan en las exigencias establecidas en la normativa jurídica, como ser la ley sobre justicia constitucional.
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Es oportuno mencionar que en un incuestionable abuso de autoridad, los signatarios de la sentencia realizaron valoraciones desatendiendo el principio de presunción de constitucionalidad bajo el que gozan las leyes aprobadas en nuestro país; del mismo modo, invadieron el espacio facultativo y de funcionalidad que la Constitución de la República le otorga al Fiscal General, determinando los togados que el «Mecanismo institucional de cooperación bilateral entre el Ministerio Público de la República de Honduras y la Secretaría General de la Organización de Estados Americanos a través de la Misión de Apoyo Contra la Corrupción e Impunidad en Honduras (MACCIH)», que le da vida a la Unidad Fiscal Especial Contra la Impunidad de la Corrupción (UFECIC), no se apega a los estándares que de manera caprichosa la Sala de lo Constitucional considera como válidos, estableciendo de manera tácita que la UFECIC es inválida, con el objeto de beneficiar a los sectores que en la actualidad están empecinados en debilitar el combate a la corrupción en nuestro país.
Finalmente se manifestó que la denuncia se sustenta, además, en los argumentos de razonamientos y análisis realizados por el Ministerio Público, en el que determinan que la Sala de lo Constitucional no tenía facultad para revisar el Convenio que le da vida a la UFECIC.
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