La firma del Convenio con el CIADI no implica el retorno automático de Honduras al sistema de arbitraje del Banco Mundial. Expertos advierten que la adhesión deberá ser ratificada por el Congreso Nacional antes de entrar en vigor.
Tegucigalpa, Honduras. –– Honduras firmará este viernes 6 de marzo el Convenio del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI). Sin embargo, la firma constituye solo el primer paso del proceso de adhesión y no implica su entrada inmediata en vigor.
“El proceso de incorporación al Convenio del CIADI consiste en: (i) firma; (ii) ratificación; y (iii) entrada en vigor”, indicó por escrito un portavoz del CIADI a Criterio.hn. Añadió que, una vez completado el proceso interno de ratificación, el Estado debe depositar el instrumento correspondiente y que el Convenio “entra en vigor 30 días después de la fecha de depósito”.
La guía sobre el proceso de membresía del CIADI establece que la ratificación debe realizarse conforme a las normas constitucionales de cada Estado y que el plazo de entrada en vigor comienza a contarse a partir del depósito del instrumento.
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¿DEBE PASAR POR EL CONGRESO NACIONAL?
En el caso de Honduras, la Constitución establece en el artículo 16 que los tratados internacionales celebrados por el Poder Ejecutivo deben ser aprobados por el Congreso Nacional antes de su ratificación por el Poder Ejecutivo.
El debate surge respecto a si podría aplicarse el artículo 21 de la Constitución, que permite al Poder Ejecutivo celebrar o adherirse a convenios internacionales sobre materias de su exclusiva competencia sin aprobación previa del Congreso, debiendo informarle posteriormente.

El abogado constitucionalista y exdiputado por Cortés, Ramón Barrios, explicó que los tratados internacionales firmados por el Ejecutivo deben pasar por el Congreso Nacional para su ratificación. Además, señaló que este tipo de decisiones involucran aspectos de soberanía del Estado. “Todo tratado o convenio que realice el Poder Ejecutivo, una vez firmado debe pasar al Congreso Nacional para ser ratificado”, señaló.
Barrios añadió que la aprobación de tratados internacionales se realiza por mayoría simple en el Congreso, es decir, con al menos 65 votos.
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En el mismo sentido, los abogados constitucionalistas Joaquín Mejía y Rodil Rivera Rodil señalaron que el procedimiento implica primero la firma del Ejecutivo y luego la aprobación por el Congreso Nacional.
Rodil Rivera enfatizó que la firma del Ejecutivo no es suficiente para concretar el retorno al organismo arbitral. “La adhesión al CIADI forzosamente debe ser ratificada por el Congreso Nacional”, afirmó el jurista.

Además, cuestionó que en demandas anteriores contra el Estado no se hiciera uso de la disposición que, según explicó, permite exigir que los inversionistas agoten primero las instancias administrativas y judiciales en Honduras antes de acudir al arbitraje internacional. Rodil Rivera sostuvo que esta condición funciona como una salvaguarda para los países frente a controversias con inversionistas extranjeros y sostuvo que debería retomarse si el país decide reincorporarse al CIADI.
El abogado recordó que Honduras se incorporó originalmente al CIADI mediante el Decreto No. 41-88 aprobado por el Congreso, antecedente que muestra que la adhesión al tratado también pasó por ratificación legislativa.
Posteriormente, el Decreto No. 45-2000, publicado en La Gaceta el 4 de julio de 2000, interpretó disposiciones relacionadas con ese marco normativo y reiteró que los inversionistas deben agotar las vías administrativas y judiciales internas antes de acudir a los mecanismos en el Convenio.
La investigadora Jen Moore, del Institute for Policy Studies, señaló que el envío de una carta de intención no implica el retorno automático al mecanismo arbitral. “Para volver al CIADI es como firmar un nuevo tratado. Esa decisión tiene que pasar por el Congreso”, indicó.

LA SALIDA DE HONDURAS AL CIADI
La discusión sobre la reincorporación de Honduras al CIADI ocurre después de que el país denunció el convenio durante el gobierno de la presidenta Xiomara Castro.
Honduras denunció el Convenio del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones en febrero de 2024 mediante una notificación enviada al Banco Mundial. Conforme a las reglas del tratado, la salida se hizo efectiva seis meses después.
La decisión se produjo en medio de disputas internacionales presentadas contra el Estado hondureño por inversionistas extranjeros, entre ellas la demanda interpuesta por inversionistas vinculados al proyecto de la Zona de Empleo y Desarrollo Económico (ZEDE) Próspera, entre otros litigios.
De acuerdo con la guía sobre el proceso de membresía en el Convenio del CIADI, con la firma prevista para este viernes 6 de marzo, Honduras pasará a ser Estado signatario. El siguiente paso será la remisión del tratado al Congreso Nacional para su eventual ratificación. Solo después de esa aprobación y del depósito formal ante el Banco Mundial comenzará a contarse el plazo de 30 días para su entrada en vigor, conforme al procedimiento establecido por el CIADI.
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