Por: Edmundo Orellana Mercado
Los señores diputados, alegremente, aceptaron violar los derechos humanos aprobando el decreto que remitió el Ejecutivo, para la depuración policial. Con esta violación garantizan el fracaso de la depuración.
En materia procesal, los derechos fundamentales de los demandados o acusados, son los del debido proceso y de defensa, reconocidos en la Constitución en los términos siguientes:
“A nadie se impondrá pena alguna sin haber sido oído y vencido en juicio”; “El derecho de defensa es inviolable”.
El decreto aprobado atenta contra estas disposiciones constitucionales, porque faculta a la autoridad suprema de la policía para despedir, sin procedimiento alguno y sin justa causa.
Discrecionalmente, entonces, el Ministro podrá despedir a los policías de carrera. Se les reconocerá, ciertamente, prestaciones, pero esto es lo único que se reconoce.
Está previsto que no se reconozcan a quienes tengan cuentas pendientes, pero, sabemos que la policía opera como una cofradía, en la que todos se protegen (los informes de los célebres asesinatos, supuestamente perpetrados por la policía, fueron conocidos por todas las autoridades policiales y nada hicieron); de ahí que es de suponer que las prestaciones serán reconocidas en todo caso, sin importar si se trata de un asesino, de un violador, de un extorsionador o de otros de igual pelaje.
La lógica que opera en este decreto, es que el pago de prestaciones resuelve el problema de los derechos. Pero olvidan los señores diputados, que las prestaciones constituyen una sanción para el que despide violando derechos, como el de la estabilidad en el cargo, que postula la prohibición de alterar la relación de servicio o laboral, sin justa causa. No se puede, en consecuencia, despedir, descender o trasladar sin justa causa.
La justa causa no puede ser otra que una falta imputable al servidor. Ésta, por tanto, debe ser cierta y, en consecuencia, debe probarse, mediante los mecanismos probatorios racionales (testificales, documentales, etc.), es decir, mediante el debido proceso, en cuyo desarrollo el imputado debe ser escuchado, es decir, tiene derecho a alegar lo que estime conveniente para acreditar la falsedad de las imputaciones.
Los derechos del debido proceso y de defensa operan, pues, como garantías de todos los demás derechos. Negando estas garantías, todos los derechos quedan desprotegidos. En consecuencia, atribuir la potestad de despedir sin probar la existencia de la falta y sin escuchar al despedido, viola la Constitución de la República.
A esto se suma el nombramiento de un pastor protestante en la comisión responsable del proceso de depuración policial. La Constitución expresamente prohíbe lo siguiente: “Los ministros de las diversas religiones, no podrán ejercer cargos públicos”.
Esta arbitrariedad del Presidente de la República, para quien la Constitución no constituye un límite del Poder, llevará al fracaso la depuración. Porque los afectados por las decisiones en las que participe el pastor, podrán fundamentar sus alegatos, además de lo dicho en los párrafos anteriores, en que su nombramiento es nulo de pleno derecho y, en consecuencia, no tiene investidura válida para actuar como funcionario público.
En este decreto, concurren dos tipos de violadores. Los políticos y los religiosos. Los políticos, porque negaron, en el Congreso Nacional, los derechos del debido proceso y de defensa, y porque, desde el Ejecutivo, violaron la prohibición constitucional de nombrar ministros religiosos. Los religiosos, porque, a sabiendas de la prohibición, aceptaron el nombramiento, dejándose seducir por sentimientos pecaminosos. Ambos, entonces, están garantizando el fracaso de la depuración con estas absurdas decisiones.
Aunque en Honduras se siga fielmente el aforismo jurídico auténticamente hondureño de que “la Constitución puede ser violada cuantas veces sea necesario”, no debemos olvidar que somos parte del sistema interamericano de derechos humanos, y los derechos del debido proceso y de defensa constituyen pilares fundamentales de este sistema, al que, eventualmente, los afectados podrán acudir, con las consecuencias a las que estamos acostumbrados.
Existían otras opciones, para evitar este disparate, las que propuso, por ejemplo, la Comisión de Reforma de la Seguridad Pública, pero, como el Presidente la satanizó, todo lo que de esta proviene, está condenado al vertedero.
Los únicos que saldrán ganando en esta aventura irracional, son los laboralistas del país o las ONG que medran a la sombra del sistema interamericano de derechos humanos, promoviendo estos juicios. Buen provecho, para ellos.