Cuando derogar es anular
Por: Edmundo Orellana La inconstitucionalidad, según nuestra legislación, tiene efectos generales y derogatorios. No siempre fue así. A partir de su reconocimiento, en la Constitución de 1894, el efecto de la inconstitucionalidad fue la inaplicabilidad, pero para el caso concreto que afectaba a quien pedía la inconstitucionalidad. En la de 1982, no se menciona el […]