Tegucigalpa, Honduras. – La justicia hondureña otorgó sobreseimiento definitivo al expresidente Juan Orlando Hernández Alvarado en el denominado Caso Pandora II, en el que enfrentaba acusaciones por los delitos de fraude y lavado de activos en perjuicio del Estado de Honduras.
La decisión suma un nuevo episodio a los cuestionamientos sobre la impunidad en casos de corrupción que involucran a exfuncionarios y figuras del poder político.
Hernández regresó a Honduras el pasado 26 de julio, después de haber sido extraditado a Estados Unidos en 2022. En ese país fue declarado culpable en 2024 y condenado a 45 años de prisión por delitos relacionados con el narcotráfico. Sin embargo, la condena quedó sin efecto tras ser indultado por el presidente estadounidense Donald Trump, el 1 de diciembre de 2025.
El Poder Judicial informó este martes 1 de septiembre de 2026, que el Juzgado Penal en Materia de Criminalidad Organizada, Medio Ambiente y Corrupción dictó la resolución luego de valorar las pruebas presentadas tanto por la defensa como por el Ministerio Público.
Con el fallo, quedaron sin efecto las medidas cautelares impuestas contra Hernández y se ordenó la entrega de su carta de libertad. Al respecto, el portavoz de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), Carlos Silva, explicó que el juez concluyó que no existió trazabilidad del dinero que, según la acusación fiscal, habría sido utilizado para financiar la campaña política atribuida al exmandatario.

Con esta resolución, también quedaron sin efecto las medidas cautelares que pesaban contra Hernández y se ordenó entregar la correspondiente carta de libertad.
Lea: Juez aplaza audiencia inicial contra JOH tras petición de la defensa
MINISTERIO PÚBLICO ACUSÓ DESVÍO DE $10.8 MILLONES
De acuerdo con la acusación presentada en octubre de 2023, por el Ministerio Público y la Unidad Fiscal Especializada contra Redes de Corrupción (Uferco), Hernández Alvarado habría desviado aproximadamente 10.8 millones de dólares entre 2010 y 2013 para financiar actividades relacionadas con su campaña política.
La acusación estaba vinculada con hechos ocurridos durante el periodo en que Hernández ejerció como presidente del Congreso Nacional y posteriormente como candidato presidencial.
Sin embargo, el tribunal concluyó que los elementos probatorios evacuados durante la audiencia no acreditaban la participación del exmandatario en los hechos investigados.
Según la información proporcionada por el Poder Judicial, la defensa de Hernández presentó y evacuó 31 medios de prueba documentales y un testigo.
La estrategia de la defensa buscó demostrar que las decisiones señaladas por los investigadores fueron adoptadas por Hernández Alvarado en su condición de presidente del Congreso Nacional y no como titular del Poder Ejecutivo.
Por su parte, el Ministerio Público evacuó 16 medios de prueba documentales, un testigo y tres pericias. Pese a los elementos presentados por la fiscalía, el tribunal determinó que no se estableció responsabilidad penal del expresidente, por lo que dictó el sobreseimiento definitivo.
Durante el proceso, Hernández había anticipado que obtendría una resolución favorable, tomando como referencia los resultados obtenidos por otros imputados del denominado Caso Pandora.
Entre ellos se encuentran el expresidente Porfirio Lobo Sosa (2010-2014) y el exministro de Finanzas Wilfredo Cerrato, ambos acusados por fraude, quienes también obtuvieron sobreseimientos definitivos, siendo Hernández el único señalado en el proceso por lavado de activos.

Para el abogado y exintegrante de la extinta Misión de Apoyo contra la Corrupción y la Impunidad en Honduras (MACCIH), Alex Navas Álvarez, la resolución no resulta sorpresiva y atribuyó parte del resultado a los cambios realizados a la normativa sobre lavado de activos, particularmente las modificaciones al Código Penal bajo el Decreto 93-2021 que, según su interpretación, trasladaron al Ministerio Público una mayor carga probatoria.

En conversación con este medio digital el jurista explicó que la resolución forma parte de un patrón más amplio relacionado con el cierre de procesos que fueron impulsados por la desaparecida MACCIH y la entonces Unidad Fiscal Especial contra la Impunidad de la Corrupción (UFECIC), actualmente UFERCO.
Navas sostuvo que en estos casos ha existido un “pacto tácito de autoprotección de las élites vinculadas a la corrupción y el crimen organizado”, una situación que, según afirmó, termina debilitando las investigaciones contra personas con poder político.
Asimismo, cuestionó la actuación de las instituciones encargadas de investigar y juzgar los casos de corrupción. Según su valoración, tanto el Ministerio Público como los tribunales han terminado favoreciendo, por acción u omisión, un escenario de protección para personas vinculadas a casos de corrupción y crimen organizado.
Navas también criticó que los procesos derivados de investigaciones de la MACCIH hayan terminado, en numerosos casos, con resoluciones favorables para los acusados.
El abogado sostuvo que, a diferencia de grandes esquemas internacionales de corrupción como el caso Lava Jato en Brasil, en Honduras muchas de las operaciones investigadas no requirieron estructuras particularmente complejas, y pese a esto no se obtuvieron sentencias condenatorias.
El exintegrante de la MACCIH consideró que el cierre de estos procesos termina afectando no solamente las investigaciones particulares, sino también la credibilidad del sistema de justicia y de las instituciones encargadas de combatir la corrupción.
El abogado concluyó que la sucesión de sobreseimientos en casos de corrupción de alto impacto constituye una señal negativa para el Estado de derecho hondureño.
La sentencia que favorece al expresidente Juan Orlando Hernández fue anunciada dos días después de que el exmandatario, indultado por cargos ligados al narcotráfico, visitó su natal Lempira, en el occidente de Honduras, donde prometió recuperar los bienes incautados en marzo de 2024 y, que afirma fueron heredados de sus padres.