La primera aplicación del Decreto 107-2026 en una comunidad garífuna protegida por un fallo de la Corte IDH terminó en un desalojo, cinco acusaciones por usurpación y un proceso judicial que organizaciones consideran un nuevo episodio de criminalización.
Este miércoles 15 de julio, Criterio.hn dará cobertura a las actividades convocadas por la comunidad garífuna en el campamento Tuba Mena, en San Juan, Tela, así como la evolución del caso contra las cinco personas acusadas de usurpación.
Tegucigalpa, Honduras. – La comunidad garífuna de San Juan en el Caribe hondureño se ha convertido en el epicentro de un conflicto que enfrenta los derechos de los pueblos ancestrales con los sectores privilegiados que buscan imponerse sobre estos territorios mediante la implementación de la Ley para el Fortalecimiento y Protección del Sector Agroindustrial.
Aprobada el 10 de junio y publicada en La Gaceta el 26 del mismo mes, la normativa fue implementada por primera vez durante el desalojo de un predio en San Juan en Tela, Atlántida, cuando decenas de policías rodearon a integrantes de la comunidad, que realizaban la recuperación de un predio dentro de la comunidad. Durante el operativo fueron detenidas cinco personas, posteriormente acusadas del delito de usurpación.
Durante la acción de desalojo del lunes 6 de julio, Anibal Serrano Nieto, comisario de la Policía Nacional, explicó que actuaban en cumplimiento del decreto legislativo 107-2026, tras recibir una denuncia presentada por inversionistas de la empresa Promociones y Turismo, cuya sociedad mayoritaria pertenecería a la familia Rosenthal.
El nombre completo del Decreto 107-2026 es Ley para el Fortalecimiento y Protección del Sector Agroindustrial, Proyectos de Energía, Turismo, Ganadería, Pequeños Productores Agrícolas de Honduras. La normativa busca blindar las tierras destinadas a esos sectores, incluso frente a procesos de utilidad pública, reforma agraria u otras causas legales.
Aunque la normativa incorporó una supuesta salvaguarda para excluir de su aplicación a los territorios indígenas y afrodescendientes, la Organización Fraternal Negra Hondureña (Ofraneh) advirtió desde un inicio que esa protección quedaría en papel.
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Rony Castillo, integrante de la organización, señaló que incluso una circular distribuida por la Policía antes de la entrada en vigor de la ley establecía expresamente que no debía aplicarse en comunidades indígenas y garífunas en cumplimiento del Convenio 169 de la OIT. Sin embargo, aseguró que durante el operativo en San Juan esa disposición fue ignorada. “Era solo una retórica para mandar mensajes hacia [organismos] internacional[es], pero en la práctica, la policía con el Ministerio Público llega y a ellos no les importa si hay un título ancestral”, afirmó.
La acción de desalojo fue ejecutada pese a que la comunidad es beneficiara de una sentencia ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) que responsabilizó al Estado de Honduras por no garantizar la protección de su territorio ancestral, permitir la entrega de tierras a terceros y autorizar proyectos sin consulta previa, libre e informada.
LEY AGROINDUSTRIAL VS DERECHOS ANCESTRALES

Para Caleb Navarro, abogado de la Ofraneh, San Juan es representativo de otros casos que evidencian cómo se interponen los intereses de la clase política y el poder económico no solamente sobre los derechos de los pueblos indígenas sino de los derechos humanos en general.
“Se habla que la Ley para el Fortalecimiento y Protección del Sector Agroindustrial viene a garantizar la seguridad jurídica, cuando al parecer desconocen el concepto real de la seguridad y certeza jurídica, que primero debe desarrollarse del ángulo de los derechos humanos”, apuntó Navarro. Además, recordó que la Corte IDH no otorga derechos, sino que condena al Estado por violentarlos, como ocurrió en los casos de las comunidades garífunas de San Juan, Triunfo de la Cruz, Punta Piedra y Cayos Cochinos.
De interés:
Rony Castillo, integrante de la Ofraneh, recordó que la sentencia de la Corte IDH delimitó el territorio ancestral de San Juan tras casi dos décadas de litigio y que el propio Estado reconoció la existencia de terceros dentro de ese perímetro. Por ello, consideró especialmente preocupante que la primera aplicación del Decreto 107-2026 ocurriera precisamente en una comunidad amparada por esa resolución internacional.

Castillo también expresó su preocupación por la situación no solamente en San Juan sino en la Bahía de Tela en general, donde el domingo en Tornabé se presentaron hombres fuertemente armados a la comunidad, entre ellos un extranjero.
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Sobre el terreno en disputa en San Juan, explicó que Jaime Rosenthal obtuvo a finales de la década de los 1970, dos manzanas de tierra bajo la figura de dominio útil, un mecanismo que –según Castillo– puedo derivarse de un préstamo otorgado por la comunidad para fines de cultivo y no de una transferencia de propiedad. Posteriormente, afirmó, ese terreno fue inscrito y la propiedad se expandió hasta alcanzar 216 hectáreas, que hoy son reclamados por los herederos Rosenthal Hidalgo.
Castillo pormenorizo que la sentencia de la Corte IDH delimitó el territorio ancestral de San Juan y reconoció la existencia de terceros dentro de ese perímetro. No obstante, precisó que la comunidad no reclama los barrios habitados por familias de escasos recursos, sino las áreas ocupadas por empresas que, según la Ofraneh, se apropiaron de tierras ancestrales. Añadió que la Corte encomendó al Estado sanear el territorio para resolver esa situación.
JUDICIALIZACIÓN Y MOVILIZACIÓN
Lejos de concluir con el desalojo, el caso escaló al ámbito judicial. Un día antes de la audiencia inicial, a celebrarse este miércoles 15 de julio, la jueza Norma Fuentes que conocía la causa se declaró de oficio incompetente y remitió el expediente a un juzgado con jurisdicción nacional en San Pedro Sula, al considerar que los cinco acusados integrarían una estructura de criminalidad organizada.
Edy Tábora, abogado del Bufete Justicia para los Pueblos y uno de los representantes legales de la Ofraneh, calificó la resolución de ilegal y denunció que el traslado del expediente se realizó sin notificar previamente a una de las abogadas defensoras, lo que les impidió presentar un recurso antes de su envío.
En el marco del desalojo en San Juan y de otras acciones contra las comunidades garífunas de la Bahía de Tela, desde el 8 de julio permanece instalado el Campamento Tuba Mena, nombrado en honor a una mujer garífuna que, según la Ofraneh, murió mientras defendía el acceso a las tierras ancestrales. Desde ese espacio, la organización convocó a comunidades garífunas de distintos puntos del país para acompañar la audiencia de las cinco personas acusadas de usurpación.
Miriam Miranda, coordinadora general de la Ofraneh, sostuvo que la audiencia inicial de este miércoles 15 de julio “no es únicamente para San Juan. Es una audiencia donde se define el futuro del pueblo garífuna”. Por ello llamó a la población garífuna, a los pueblos indígenas y a la ciudadanía en general a reunirse en el campamento Tuba Mena para acompañar el proceso judicial y respaldar la defensa del territorio ancestral.
Este miércoles 15, Criterio.hn dará cobertura a las actividades convocadas por la comunidad garífuna en el campamento Tuba Mena, en San Juan, Tela.
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