Alia Kafati
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Alia Kafati y sus dos versiones sobre la reelección

La diputada del Partido Liberal corrigió su postura en torno a la reelección presidencial; primero dijo que estaba consignada en la Constitución y después cambió su versión negando dicho extremo.

Diversos sectores han reaccionado ante la aseveración que tuvo ayer, 23 de julio, al afirmar que la reelección es permitida por la Constitución de la República. 

La postura de Kafati, causó controversia porque dejó develado la falta de preparación jurídica que tiene, pese a la fuerte responsabilidad que asumió al resultar electa y que le delegó la población que votó por ella.

Tegucigalpa, Honduras. – La diputada del Partido Liberal de Honduras, Alia Kafati, vivió un momento tenso y controversial luego de presentar un proyecto de ley para “regular la reelección” y afirmar en plena sesión del Legislativo que esta es permitida por la Constitución de la República.

¿QUÉ VERIFICAMOS?

Todo el escenario ocurrió cuando la diputada se dispuso a leer una iniciativa de ley ante el pleno del Congreso Nacional (CN). En su discurso subrayó que: “La reelección del presidente de la República de Honduras se permitirá únicamente por una sola vez, tal como lo dice nuestra Constitución de la República”.

Producto de los ataques y cuestionamientos de diversos sectores de la población que la llamaron incluso “diputada novata”, corrigió su versión en redes sociales, este viernes 24 de julio, aclarando que “la reelección es ilegal”.

Alia Kafati

Kafati hizo el posteo en redes sociales a las 11:00 de la mañana, en el mismo lapso en que la sección de verificación El Mirón de Criterio.hn, la contactó para consultarle, ¿en qué artículo de la Constitución de la República se establece que la reelección se permite por una vez?, como lo afirmó al dar lectura a su proyecto de ley que, supuestamente iba encaminado a ponerle límites a la reelección presidencial.

Ante la interrogante de este medio digital, la congresista  contestó que no hay ningún artículo en la Constitución que lo establezca, “es más, la Constitución es clara, la reelección es ilegal”, dijo.

Además, expresó que el expresidente Juan Orlado Hernández (2014-2018 y 2018-2022), pudo reelegirse porque colocó a sus magistrados, lo que le permitió facilitar una sentencia judicial favorable para poderse reelegir y que nada regula que eso no vuelva a ocurrir.

La diputada nos aseguró que su proyecto de ley fue mal interpretado. “Creyeron que estoy avalando la reelección, cuando en realidad es cerrar cualquier laguna legal que podría permitírselo a alguien más”.

Para retractarse ante la población, luego del revuelo que causó su moción ante el pleno del Congreso Nacional, decidió acudir a su red social X e informar que el propósito de este proyecto era frenar cualquier nuevo intento de violentar la Constitución, sobre todo con el regreso de Juan Orlando Hernández el próximo domingo 26 de julio, a quien señaló por su reelección ilegal y sus cuentas pendientes ante la justicia hondureña.

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¿DESCONOCEN LA CONSTITUCIÓN O FUE UN INTENTO FALLIDO DE ALGO MÁS?

La Constitución de la República no ha sido una limitante para imponerse y perpetuarse en el poder, así lo demostró el expresidente e indultado, Juan Orlando Hernández, al consumar su ansiada reelección en las elecciones generales de 2017, al ampararse en un fallo de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) del 22 de abril de 2015, que declaró inaplicables los artículos 239 y 42 numeral 5 de la Constitución de la República.

Sin el poder constituyente que los avalara los magistrados de la Sala de lo Constitucional violentaron la ley suprema del Estado, porque el Poder Judicial carece de competencia para modificar o dejar sin efecto una cláusula de naturaleza pétrea que, como principio básico, y en particular blinda el ejercicio de la Presidencia de la República y alternabilidad en el poder cada cuatro años.

El notario y analista político, Rodil Rivera Rodil, comentó a Criterio.hn que es muy curioso e intrigante que una diputada del Partido Liberal haya presentado una iniciativa de ley en ese sentido, porque ese partido ha sido históricamente eleccionista. 

Mientras que el Partido Nacional, en la época del dictador Tiburcio Carías Andino (1933 a 1949) y luego con Juan Orlando Hernández, con dos periodos  ininterrumpidos de mandato (2014-2018 y 2018-2022), ha demostrado ser un partido conservador, con tendencia clara de autoritarismo, siendo la reelección una de las formas.

Rivera Rodil remarcó que la reelección en Honduras nunca ha sido legal ni en la época de Carías Andino, que se mantuvo en el poder durante 16 años, ni cuando Juan Orlando Hernández logró reelegirse en 2017.

Rodil Rivera Rodil catalogó de inconstitucional el fallo judicial de abril de 2015, utilizado por Juan Orlando Hernández para postularse a un segundo periodo en 2017.

“Desde mediados del siglo pasado para acá, nunca ha estado prevista la reelección en la Constitución. Pero, tampoco debe descartarse al menos teóricamente la posibilidad de la reelección ya sea alterna, continua o por un período o dos, para todo hay un momento político, para cada acontecimiento y este no es el momento, no conviene a la democracia hondureña debatir un tema tan álgido, susceptible y espinoso como la reelección”:  Rodil Rivera, abogado y analista político.

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SENTENCIA FRAUDULENTA

El desconocimiento jurídico básico ha quedado al descubierto luego de la moción de Alia Kafati. Sin embargo, no es la primera vez que en el Congreso Nacional destacan diputados que dejan al descubierto su desconocimiento en materia constitucional cuando presentan propuestas o simplemente para emitir una opinión en las sesiones ordinarias.

El abogado constitucionalista, Joaquín Mejía, expuso en un artículo de opinión, publicado por Criterio.hn que la propuesta de regular la reelección, en lugar de restablecer la vigencia plena de la Constitución, constituye una renuncia a las obligaciones constitucionales del Congreso Nacional. Los diputados y diputadas no pueden legislar partiendo de una sentencia fraudulenta ni convalidar un acto de suplantación de la soberanía popular, acotó, Mejía

El constitucionalista recordó la aplicación del Título VII de la Constitución que habla de la reforma y la inviolabilidad de la Constitución, haciendo énfasis en el artículo  374 constitucional que establece que ciertos artículos —entre ellos el que regula la prohibición de la reelección— no pueden reformarse en ningún caso, ni siquiera por los poderes constituidos. Su irreformabilidad es absoluta y su modificación únicamente corresponde al pueblo hondureño, titular del poder constituyente originario, en virtud del artículo 2 de la Constitución.

Mejía explicó que la Sala de lo Constitucional, al inaplicar un artículo pétreo, asumió facultades que no le corresponden y suplantó la soberanía popular y advirtió que este acto constituye, en los términos del artículo 2 constitucional, un delito de traición a la patria, cuya responsabilidad es imprescriptible y puede ser deducida de oficio o a petición de cualquier ciudadano.

El 7 de noviembre de 2016, el entonces diputado del Partido Libertad y Refundación (Libre), Rasel Tomé, denunció ante el Ministerio Público por el delito de traición a la patria a Juan Orlando Hernández, en aquel momento por su candidatura a la reelección presidencial. A la par de la denuncia, Tomé pidió la suspensión del cargo de presidente y la realización de un juicio político.

A la acción del diputado, se sumó posteriormente, el 30 de noviembre de 2016, una coalición de organizaciones y ciudadanos defensores de la Constitución quienes presentaron una denuncia contra Hernández y 24 funcionarios, por el delito de traición a la patria por modificar la Constitución de la República para hacer posible la reelección presidencial.

La denuncia, que no tuvo éxito, también fue interpuesta por el abogado René Adán Tomé, quien fungió como fiscal de defensa de la Constitución.

La denuncia antes señalada fue ignorada, de hecho, a la ilegalidad se sumaron los magistrados del desaparecido Tribunal Supremo Electoral (TSE),  David Matamoros Batson (Partido Nacional) y Saúl Escobar Andrade (Partido Demócrata Cristiano), quienes votaron a favor de la inscripción de Juan Orlando Hernández como candidato a la reelección. Mientras que el magistrado Erick Rodríguez (Partido Liberal), votó en contra, al considerar que la Constitución hondureña prohibía la reelección. Rodríguez al final validó la reelección al rubricar el acta de la declaratoria.

Sumado a ese respaldo, la reelección de Hernández, en 2017, contó con el aval formal del gobierno de los Estados Unidos, las cúpulas de la empresa privada, castrense,  eclesiástica  y de  los partidos Nacional y Liberal.

Joaquín Mejía cuestiona a quienes hoy impulsan proyectos en el Congreso Nacional para regular o validar una reelección presidencial espuria. ¿Quiénes hoy impulsan y están de acuerdo con esta iniciativa tienen el patriotismo necesario para proponer el restablecimiento de la Constitución y la aplicación inmediata de las medidas del artículo 375, o si, por el contrario, prefieren perpetuar una ilegitimidad que ha causado un daño profundo a la democracia y al Estado de derecho en Honduras?, se pregunta el abogado constitucionalista.

El Mirón de Criterio.hn concluye que, la afirmación de la diputada liberal Alia Kafati y su posterior contradicción entra en la categoría de: Ridícula, porque en primera instancia y al presentar el proyecto de ley aseguró  que la Constitución permitía la reelección, pero luego al ser expuesta en redes sociales y al no tener base jurídica, se retractó a través de las redes sociales al decir que: “la reelección es ilegal”.

  • Soñadora incorregible, en todo lo que hago soy diferente y auténtica, quiero dejar legado en esta carrera que ha sido descuidada y utilizada, defiendo a los seres vulnerados y detesto la injusticia. Las artes, el estilo y la naturaleza son parte del libro de mi vida. Escribiendo encontré el sosiego para sobrevivir.

    Creo reportajes y escribo sobre derechos humanos, migración, LGBTIQ+, mujeres, niñez, corrupción, arquitectura, análisis y comportamiento social, a veces una pizca de política. Creadora de Las 5 de Criterio.

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