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A cinco años de sentencia por vulneración de derechos de buzos miskitos, Honduras continúa en deuda

Los buzos miskitos que arriesgan su vida para poder sostener a sus familias y se dedican a la pesca a pulmón de manera rudimentaria, todavía adolecen la reparación de sus derechos, dictados a través de 18 medidas de reparación, por una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH), el 31 de agosto de 2021, la que el Estado de Honduras todavía no cumple a cabalidad sino a medias, después de cinco años.

A cinco años de sentencia por vulneración de derechos de buzos miskitos, Honduras continúa en deuda

Tegucigalpa, Honduras. – El 31 de agosto de 2026, se cumplieron cinco años de la sentencia en favor de los buzos miskitos, dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH), pero el Estado de Honduras sigue en deuda, con medidas de reparación abordadas a medias y otras sin respuesta, mientras el pueblo miskito adolece entre la pobreza y la peligrosa práctica del buceo a pulmón, del que se aprovechan empresas pesqueras que atropellan sus derechos humanos.

El fallo se fundamenta en la falta de regulación, supervisión y fiscalización estatal, sobre empresas pesqueras privadas que someten a los buzos a condiciones rudimentarias y de explotación laboral extrema con altísimo riesgo, un tipo de esclavismo moderno.

Las medidas establecidas responden a la violación de los derechos humanos, a la vida a la integridad personal, al trabajo, la salud y la seguridad social, la no discriminación de los derechos de la niñez, en perjuicio de los buzos miskitos que sufrieron accidentes mientras eran sometidos por necesidad de trabajo a la pesca submarina.

El Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (Cejil), apuntó que los casos de los buzos miskitos, exponen la realidad de un pueblo ancestral, que habita en el departamento de Gracias a Dios, en el Caribe hondureño. Su principal actividad económica es la pesca de mariscos y langostas, mediante el buceo a pulmón, una labor realizada sin las condiciones de seguridad que debe garantizar la industria pesquera y el Estado.

El oscuro panorama ocurre en una región con altos índices de pobreza, narcotráfico, carencia de servicios básicos y abandono estatal, lo que aprovechan las empresas pesqueras, porque no garantizan equipos de protección. Incluso hay niños que desde los 14 años ya se dedican a la pesca comercial y arriesgan su vida.

El Estado no supervisa estas acciones a las que los miskitos se ven obligados a recurrir debido al desempleo. El abandono estatal es permisivo y tampoco se garantiza el acceso a los servicios básicos. Múltiples estudios revelan que los altos índices de pobreza empujan a estas personas arriesgar su vida por un plato de comida, incluso son pagados con lo mismo que pescan e, incluso, con drogas, lo que los mantiene atados a esa letal labor.

El Cejil compartió que más de 9,000 buzos han sufrido accidentes graves como el síndrome de descompresión, más de 4,000 buzos han desarrollado alguna discapacidad permanente, más de 400 han fallecido y otros continúan desaparecidos y, en efecto, sus familias también sufren el impacto de la pérdida de su familiar o la discapacidad con que deben vivir.

El 30 de abril de 2024, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH), presentó una supervisión de cumplimiento de la resolución de la sentencia del caso de los Buzos Miskitos Lemoth Morris y otros Vs. Honduras, la cual se compone de 18 puntos resolutivos que el estado de Honduras está obligado a cumplir.

El cumplimiento de las 18 medidas de reparación continúa sin avances, desde el 2024, únicamente se avanzó en dos puntos y medio de los 18 que ordenó la Corte-IDH, de esta sentencia que se emitió desde el 31 de agosto de 2021, que obedece a la responsabilidad internacional que tiene el Estado de Honduras, por violentar los derechos humanos de los indígenas miskitos que trabajaban en la riesgosa y mortal pesca submarina de langostas.

El documento menciona que el tribunal estructuró sus consideraciones respecto a las medidas de: acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional, publicación y difusión de la sentencia y el resumen oficial y el reintegro de costas y gastos en favor de las víctimas, cuyo cumplimiento ha sido parcial. De igual forma, se pronunciaron respecto a las 15 reparaciones restantes.

La Corte-IDH, resolvió su supervisión, de acuerdo con la información entregada por el Estado de Honduras en los informes requeridos, presentados entre febrero de 2022 y febrero de 2024, y los escritos de observaciones presentados por los representantes de las víctimas entre  diciembre de 2022 y abril de 2024, así como el presentado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos el 10 de agosto de 2023.

Entonces, consideraron que Honduras dio cumplimiento total a las siguientes medidas de reparación: 

A.) Realizar el acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional por los hechos y violaciones de este caso (punto resolutivo sexto, inciso f de la sentencia).

 B) Pagar a la Asociación Miskita Hondureña de Buzos Lisiados (AMHBLI), la cantidad fijada por concepto del reintegro de costas y gastos (punto resolutivo sexto, inciso i de la sentencia). 

Por otro lado, declararon que el Estado de Honduras ha dado cumplimiento parcial a las medidas relativas, a la publicación y difusión de la sentencia y su resumen oficial. Puesto que, cumplió con publicar: el resumen oficial del fallo, en idioma español y miskito, en el Diario Oficial “La Gaceta”, con el resumen oficial del fallo, en idioma español y miskito, en dos diarios de amplia circulación nacional y con el texto íntegro de la sentencia, en idioma español, en el sitio web oficial de la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social.

Sin embargo, se encuentra pendiente la publicación de la sentencia en su integridad en idioma español, en las páginas web dispuestas en el párrafo 122 de la misma, y en idioma miskito, en la página web oficial de la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social (punto resolutivo sexto, inciso g de la sentencia).

Lea: Persisten desafíos en el cumplimiento de reparaciones para buzos miskitos en Honduras

PASOS DADOS POR EL ESTADO SON INSUFICIENTES

Para el dos de julio de 2024, en otro documento de supervisión de la sentencia, la Corte-IDH, actualizó que, según información presentada por el Estado y confirmado por los representantes de las víctimas, se cumplió de manera parcial a la medida relativa al pago de las indemnizaciones por concepto de daños materiales e inmateriales de las víctimas.

Constataron que, entre noviembre de 2021 y agosto de 2023, se efectuaron pagos a favor de 163 víctimas, distribuidos de la manera siguiente: respecto a 82 víctimas

15 se pagó el 100% de los montos ordenados por ambos conceptos. Pero, a las otras 81 víctimas, se les pagó el 35% de las cantidades fijadas por ambos conceptos.

Respecto a las víctimas restantes, que aún no han recibido desembolso alguno por concepto del pago de las indemnizaciones, advirtieron que, en ese entonces, ya había transcurrido año y medio, desde el vencimiento del plazo fijado en la sentencia y, en sus informes, Honduras no ha referido el motivo por el cual aún no les ha pagado. Advirtieron que se debe considerar que las víctimas se encontraban en condición de vulnerabilidad, al tratarse de personas pertenecientes a un pueblo indígena, inmersas situación de pobreza y algunas de ellas con discapacidades, que estuvieron sujetas a patrones de discriminación estructural e interseccional, cuya confluencia conllevó a que la experiencia de victimización en este caso fuese agravada.

Además, a la fecha, cinco años después de la sentencia, todavía están sin cumplirse los otros 15 puntos de reparación, razón por la que se mantiene abierto el procedimiento de supervisión de cumplimiento.

Ana García

En entrevista con Criterio.hn, el abogado constitucionalista y doctor en derechos humanos, Joaquín Mejía Rivera, detalló que entre las medidas más importantes a acatar, se destaca el tema del acceso a la justicia, es decir, que hayan instancias judiciales en La Moskitia, Gracias a Dios, para que los buzos miskitos puedan acudir. El abordaje ha sido parcial porque se abrió una inspectoría de trabajo, pero no hay un Tribunal del Trabajo.

Entre otras, apuntó que se entregaron 38 viviendas y faltaron tres personas, pero esta medida no fue valorada por la corte. También hace falta difundir un documental televisivo sobre los buzos miskitos, pero requiere de la aprobación de los representantes de las víctimas. El documental ya está terminado pero está pendiente su publicación.

“Digamos que hay un montón de medidas que tienen que ver con lo planteado, como la fiscalización, regulación y supervisión de las actividades de las empresas pesqueras en La Moskitia, que sí se han creado reglamentos, pero no han aplicado el cumplimiento de las medidas”, expresó Mejía.

En su mayoría, las medidas están incumplidas o a medio cumplir, lo cual es insuficiente para la Corte-IDH. Como ser, el fortalecimiento del sistema de salud o la inclusión de los buzos miskitos en programas sociales. Tomando en cuenta que aunque puedan ser considerados para algunos bonos que se otorgan de forma general a la población, se desestima que la situación de vulnerabilidad de los buzos miskitos es muy concreta, por lo cual deberían contar con un apoyo diferenciado del resto.

Asimismo, hay una deuda en el fortalecimiento del sistema educativo de La Moskitia. Los pasos dados por el Estado son insuficientes para garantizar que la niñez miskita pueda acceder a la educación pública, gratuita y de calidad.

Otro punto toral, es que tampoco se ha cumplido con la investigación de los hechos y las sanciones a los responsables, de la violación de los derechos de los buzos miskitos y los casos de las personas desaparecidas en el marco de la pesca submarina rudimentaria.

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